Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210212-28

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Procedimiento 259/2019

EDICTO

Dña. GEMA FERNÁNDEZ DE VERA RUIZ, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 22.

Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso núm. 259/2019 instados por Procurador Dña. PAULA MARIA GUHL MILLAN en nombre y representación de D. JULIAN ASENSIO ALONSO contra /Dña. CRISTINA VIRGINICA NEVEANU, en los que se ha dictado en fecha 10/06/2020 sentencia nº 175/2020 cuyo fallo es la siguiente:

“Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por la representación de D JULIAN ASENSIO ALONSO CONTRA DÑA CRISTINA VIRGINIA NEVEANU debo declarar y declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio formado por D JULIAN ASENSIO ALONSO Y DÑA CRISTINA VIRGINIA NEVEANU, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, sin imposición de las costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACION en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-33-0259-19 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 22 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-33-0259-19

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

La Juez/Magistrado/a Juez”

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Dña. CRISTINA VIRGINICA NEVEANU y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/1.839/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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