Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210212-45

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

45
Madrid número 9. Ejecución 203/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 203/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PATRICIA LABARGA REYES frente a VERIDE & GO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO 103/2020

En Madrid, a 16 de diciembre de 2020.

HECHOS

PRIMERO.- Con fecha 30.09.2020 se dictó sentencia nº 289/2020 en los presentes autos con el siguiente fallo:

“ESTIMANDO COMO ESTIMO la demanda de despido formulada por Dª. PATRICIA LABARGA REYES frente a VERIDE & GO S.L. DEBO DECLARAR y DECLARO LA NULIDAD DEL DESPIDO efectuado por la empresa en fecha 17/12/2019 por vulneración de lo preceptuado en el art. 53.4 c) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, CONDENANDO A LA DEMANDADA a la inmediata readmisión de la trabajadora en las condiciones anteriores al despido y al abono de los salarios de tramitación devengados desde el despido hasta que la readmisión tenga lugar”.

La sentencia declaró probada una antigüedad de 07.09.2017 y un salario día de 40 euros. La fecha del despido quedó fijada en el día 17.12.2019.

PARTE DISPOSITIVA

Se DECLARA EXTINGUIDA la relación laboral que unía a Dña. PATRICIA LABARGA REYES con la empresa VERIDE & GO S.L., con efectos de 16.12.2020, condenando a la demandada a que abone a la trabajadora las siguientes cantidades:

INDEMNIZACIÓN: 4.400,00 euros.

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 14.560,00 euros, sin perjuicio de que por el SEPE se proceda a la regularización de las prestaciones percibidas por la trabajadora en el periodo comprendido desde el 18.12.2019 hasta 17.10.2020.

A tales efectos dedúzcase testimonio de esta resolución al SERVICIO DE EMPLEO PÚBLICO ESTATAL.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2507-0000-64-0203-20 y para pagos en ventanilla 2507-0000-64-0203-20.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. MARIA PILAR GARCIA DE ZUÑIGA MARRERO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VERIDE & GO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.549/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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