Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210212-47

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

47
Madrid número 9. Ejecución 204/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 204/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEJANDRO ROMERO LUNA frente a INZERTIA CONSULTORES FINANCIEROS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO 102/2020

En Madrid, a 15 de diciembre de 2020.

HECHOS

PRIMERO.- En los autos seguidos en este Juzgado con el nº 205/20120 por Despido se dictó en fecha 18.09.2020 sentencia nº 276/2020 en la que estimando la demanda el fallo disponía la improcedencia despido condenando a la demandada a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, optara entre la readmisión del trabajador, o el abono de una indemnización en cuantía de 433,50 euros; así como en el caso de proceder a la readmisión, a abonar los salarios devengados desde el despido hasta la efectiva readmisión, por importe diario de 52,55 euros.

La sentencia declaró probada una antigüedad de 28.09.2019 y un salario día de 52,55 euros. La fecha del despido quedó fijada en el día 20.12.2019.

PARTE DISPOSITIVA

Se DECLARA EXTINGUIDA la relación laboral que unía a D. ALEJANDRO ROMERO LUNA con la empresa INZERTIA CONSULTORES FINANCIEROS, S.L., con efectos de 15.12.2020, condenando a la empresa a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

INDEMNIZACIÓN: 2.167,69 euros.

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 9.921,49 euros, sin perjuicio de que por el SEPE se proceda a la regularización de las prestaciones percibidas por el trabajador en concepto de prestación por desempleo desde el 06.04.2020 al 24.06.2020.

A tales efectos dedúzcase testimonio de esta resolución al SERVICIO DE EMPLEO PÚBLICO ESTATAL.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2507-0000-64-0204-20 y para pagos en ventanilla 2507-0000-64-0204-20.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. MARIA PILAR GARCIA DE ZUÑIGA MARRERO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INZERTIA CONSULTORES FINANCIEROS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecisiete de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.557/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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