Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210212-91

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

91
Madrid número 29. Procedimiento 420/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 420/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MONIKA SYLWIA GORNISIEWICZ frente a PACK IT TO ME ECOMMERCE LOGISTICS SL, FOGASA y GENEXIES MOBILE, SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución con fecha de 22/12/2020:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 738/2020.

DECRETO

En Madrid, a veintidós de diciembre de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Con fecha 28/04/2020 se presentó la demanda de la que trae causa el presente decreto, tomándose las resoluciones precisas para su tramitación.

SEGUNDO: Con fecha 22/12/2020 se ha formalizado, en acta y en esta Sala, conciliación entre las partes en los términos que figuran en dicha acta, que se da íntegramente por reproducida.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- Conforme a lo previsto en el artículo 84, apartado 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, si las partes alcanzan un acuerdo, siempre que no sea constitutivo de lesión grave para alguna de las partes, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y se acordará el archivo de las actuaciones.

En consecuencia, habiéndose obtenido avenencia entre las partes y no apreciándose lesión grave para alguna de ellas, fraude de ley ni abuso de derecho, procede la aprobación del Acuerdo alcanzado por las partes.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 22/12/2020, en los términos siguientes:

Con carácter previo la parte actora desiste de PACK IT TO ME ECOMMERCE LOGISTICS SL.

La empresa GENEXIES MOBILE, SL reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos 03/04/2020 y ofrece en concepto de indemnización la cantidad de 25.000 € netos que se abonará en 5 plazos (el día 1 de cada mes), empezando el 01/01/2021 y acabando el 01/05/2021, a razón de 5.000 € netos mensuales, mediante transferencia bancaria a la cuenta donde el/la trabajador/a venía percibiendo su nómina.

El/la trabajador/a acepta, y ambas partes manifiestan que con el percibo de dicha cantidad quedan saldadas y finiquitadas de la relación laboral sin nada más que reclamar.

El incumplimiento de cualquiera de los plazos dará lugar a la ejecución por la cantidad total pendiente de pago.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D. ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PACK IT TO ME ECOMMERCE LOGISTICS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.724/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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