Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210216-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

176
Móstoles número 1. Ejecución 132/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 132/2020-V de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FATIMA ZOHRA ELJAOUHARY AHARMOUCH frente a LA COCINA DE MARIA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. FATIMA ZOHRA ELJAOUHARY AHARMOUCH, frente a la demandada LA COCINA DE MARIA, parte ejecutada, por un principal de 1323 euros ( 1202,76 euros, más 10 por 100 de interés por mora), más 224 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000-64-0132-20.

PARTE DISPOSTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LA COCINA DE MARIA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a diecinueve de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.944/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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