Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2021

Sección 1.2.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210216-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD

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ACUERDO de 10 de febrero de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en representación de las entidades de la iniciativa social.

La Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, dedica el capítulo V de su título IV a los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia, definiéndolos como órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas y de participación de las Entidades, Asociaciones y Organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan e inciden en la calidad de vida de los menores que residen en el territorio de la Comunidad de Madrid, y asimismo fomentan y articulan la participación social de niños, niñas y adolescentes que residen en su ámbito y contribuyen a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.

De igual forma, la Ley 18/1999, de 29 de abril, reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, define los distintos ámbitos territoriales de actuación de los Consejos, constituyéndose el Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, los Consejos de Área y los Consejos Locales.

El Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, dedica su capítulo III a la composición y competencias de sus miembros y, dentro del mismo, el artículo 12, dispone que los vocales del citado Consejo serán nombrados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de las respectivas Administraciones y entidades.

El apartado 1.d) del citado artículo 12 establece que formarán parte del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid seis representantes por parte de las Entidades de la Iniciativa Social.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 Reglamento, que regula el procedimiento de selección de estos representantes, mediante Orden 790/2020, de 1 de julio, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, se convoca el proceso selectivo para designar vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, en representación de las entidades sin ánimo de lucro de la iniciativa social del ámbito de la infancia y la adolescencia, que desarrollan su labor en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Con fecha 27 de enero de 2021, se dicta la Orden 48/2021, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se resuelve el proceso selectivo para designar vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, en representación de las entidades sin ánimo de lucro de la iniciativa social del ámbito de la infancia y la adolescencia, que desarrollan su labor en el territorio de la Comunidad de Madrid, procediendo ahora a su nombramiento.

En su virtud, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, a propuesta del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 10 de febrero de 2021,

ACUERDA

Primero

Nombrar a los siguientes vocales del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid en representación de las entidades de la iniciativa social, en virtud de la designación adoptada mediante la Orden 48/2021, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, de conformidad con los artículos 12.1.d) y 13 del Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo:

Organizaciones infantiles y juveniles:

— Doña Concepción Hurtado Espejo, de ASDE Exploradores de Madrid, como vocal titular 1.

— Doña Ana Isabel Domínguez Contreras, de POI-Madrid, como vocal titular 2.

Entidades dedicadas a la atención a menores en situación de riesgo social o desprotección:

— Don José Ramón García-Albertos Constán, de la Federación INJUCAM para la promoción de la infancia y la juventud, como vocal titular 1.

— Don José Manuel Durán Quintero, de la Fundación Diagrama Intervención Psicosocial, como vocal titular 2.

— Don Jorge Hermida Fuertes, de la Coordinadora Infantil y Juvenil de Tiempo Libre de Vallecas, como vocal suplente 1.

— Doña Ana Isabel Tejedor de la Mata, de Fundación Tomillo, como vocal suplente 2.

Entidades dedicadas al ámbito escolar:

— Don José María Luengo Becerril, de Lumbre, Centro de Formación y Atención Socioeducativa, como vocal titular 1.

Entidades de atención a menores con discapacidad.

— Don Ángel San Gregorio Marinas, de Plena Inclusión Madrid, como vocal titular 1.

— Don Javier Font García, de la FAMMA-Cocemfe Madrid, como vocal suplente 2.

Segundo

Según lo previsto en el artículo 13.3 del Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, los vocales pertenecientes a las Entidades de la Iniciativa Social serán renovados cada cuatro años, mediante procedimiento de convocatoria pública.

Tercero

Según lo previsto en el artículo 14.4 del Reglamento del Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 64/2001, de 10 de mayo, los Vocales del Consejo cesarán en sus funciones cuando dejen de ostentar la condición por la que fueron designados.

En el supuesto de que alguna de las personas nombradas dejase de ocupar la Vocalía, los nuevos Vocales podrán comenzar a desempeñar sus funciones con carácter provisional, hasta la formalización de su nombramiento, mediante reconocimiento de su adecuación por la Presidencia del Consejo, previa designación por el organismo o entidad correspondiente.

Cuarto

El presente Acuerdo se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Acordado en Madrid, a 10 de febrero de 2021.

El Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, FRANCISCO JAVIER LUENGO VICENTE

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/4.794/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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