Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2021

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210217-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

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ACUERDO 33/2020, de 24 de septiembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del “Plan Especial del Proyecto de la Artería Norte para el suministro de agua potable al Sistema General Aeroportuario de Madrid-Barajas”, en los términos municipales de Alcobendas, Paracuellos de Jarama y San Sebastián de los Reyes, promovido por Canal de Isabel II, S. A.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 24 de septiembre de 2020, a propuesta del Director General de Urbanismo de fecha 17 de septiembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Aprobar inicialmente el “Plan Especial del Proyecto de la Arteria Norte para suministro de agua potable al Sistema General Aeroportuario de Madrid-Barajas”, en los términos municipales de Alcobendas, Paracuellos de Jarama y San Sebastián de los Reyes, promovido por Canal de Isabel II, S. A.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial (formando parte de su contenido el documento ambiental estratégico) por un período de cuarenta y cinco días hábiles, mediante inserción de los correspondientes anuncios en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid y, una vez cumplimentado, proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Una vez publicado el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el documento del Plan Especial y el Documento Ambiental Estratégico (“Estudio Ambiental Estratégico y Estudio de Impacto Ambiental”) podrán consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Requerir informe, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, y someter al trámite de consultas, en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el Plan Especial y el Documento Ambiental Estratégico concediendo el mismo plazo de cuarenta y cinco días hábiles para su emisión, de los siguientes órganos y Entidades afectados:

— Dirección General de Igualdad.

— Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad.

— Dirección General de Servicios Sociales e Innovación Social.

— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación:

• Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural: Área Vías Pecuarias.

— Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales:

• Subdirección General de Espacios Protegidos.

• Subdirección General de Recursos Naturales.

— Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático.

— Dirección General de Salud Pública.

— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras.

— Dirección General de Carreteras (Demarcación de Carreteras del Estado) del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

— Dirección General de Aviación Civil, del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

— Confederación Hidrográfica del Tajo.

— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

— Red Eléctrica de España.

— Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, (AENA).

Cuarto

Evacuar consulta a las siguientes Administraciones Publicas afectadas y personas que han sido previamente consultadas, otorgándoles un plazo mínimo de cuarenta y cinco días, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 19 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental:

— Ámbito autonómico: Dirección General de Urbanismo; Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación; Dirección General de Patrimonio Cultural; Dirección General de Carreteras; y Subdirección General de Conservación del Medio Natural y Subdirección General de Espacios Protegidos de la Dirección General de Medio Ambiente.

— Ámbito estatal: Dirección General de Carreteras, Demarcación de Carreteras del Estado y Confederación Hidrográfica del Tajo.

— Ámbito municipal: Ayuntamientos de Alcobendas, de Paracuellos del Jarama y de San Sebastián de los Reyes.

— Ecologistas en Acción.

— Red Eléctrica de España.

Quinto

Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Alcobendas, San Sebastián de los Reyes y Paracuellos de Jarama, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo de un mes.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá, número 16, quinta planta, de Madrid (28014), donde podrá ser consultado por un período de cuarenta y cinco días hábiles, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de Información Pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 24 de septiembre de 2020.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(01/4.598/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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