Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2021

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210217-37

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD

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ACUERDO 48/2020, de 17 de diciembre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del «Proyecto de renovación de tubería de distribución al Paraje “Cerro Mesino”», en el término municipal de Villamantilla, promovido por Canal de Isabel II, S. A.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 17 de diciembre de 2020, a propuesta del Director General de Urbanismo de fecha 4 de diciembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras del «Proyecto de renovación de tubería de distribución al Paraje “Cerro Mesino”», en el término municipal de Villamantilla, promovido por Canal de Isabel II, S. A.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de cuarenta y cinco días hábiles, mediante inserción de los correspondientes anuncios en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid y, una vez cumplimentado, proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Una vez publicado el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el documento técnico del Plan Especial de Infraestructuras del «Proyecto de renovación de tubería de distribución al Paraje “Cerro Mesino”» podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Requerir informe, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid concediendo el mismo plazo de cuarenta y cinco días hábiles para su emisión, de los siguientes órganos y Entidades afectados:

— Dirección General de Igualdad.

— Dirección General de Infancia, Familias y Natalidad.

— Dirección General de Servicios Sociales e Innovación Social.

— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias).

— Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales (Subdirección General de Espacios Protegidos y Subdirección General de Recursos Naturales).

— Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático (Subdirección General de Impacto Ambiental y Cambio Climático y Subdirección General de Evaluación Ambiental Estratégica y Desarrollo Sostenible).

— Dirección General de Salud Pública.

— Dirección General de Patrimonio Cultural.

— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras.

— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

— Confederación Hidrográfica del Tajo.

Requerir informe por considerarlos necesarios (epígrafe 1.11 del Plan Especial “Organismos afectados”), de conformidad con el artículo 79 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, a los siguientes organismos, otorgando idéntico plazo:

— Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Vivienda y Administración Local.

— Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de la Consejería de Sanidad.

— Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad.

— Dirección General de Carreteras (Demarcación de Carreteras del Estado) del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

— Iberdrola.

— Telefónica.

— Madrileña Red de Gas.

Cuarto

Evacuar consultas a las Administraciones Públicas afectadas otorgándoles un plazo mínimo de cuarenta y cinco días, de conformidad con el artículo 30 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, para emitir los informes que consideren convenientes, tanto al Documento Ambiental Estratégico como al documento técnico (“borrador”) del Plan Especial de Infraestructuras del «Proyecto de renovación de tubería de distribución al Paraje “Cerro Mesino”» que ha sido objeto de aprobación inicial (que podrán consultarse asimismo en el portal institucional en la ruta (http://www.madrid.org/portaldetransparencia/) y que son las siguientes:

— Servicio de Informes Técnicos Medioambientales, Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.

— Servicio de Sanidad Ambiental, Dirección General de Salud Pública, Consejería de Sanidad.

— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras.

— Ayuntamiento de Villamantilla

— Ecologistas en Acción.

— SEO (Sociedad Española de Ornitología).

Quinto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Villamantilla, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo de un mes.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá, número 16, quinta planta, de Madrid (28014), donde podrá ser consultado por un período de cuarenta y cinco días hábiles, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de Información Pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 17 de diciembre de 2021.—El Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(01/4.605/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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