Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210217-80

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

80
Madrid número 10. Procedimiento 813/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 813/2019, entre Leaseplan Servicios, S. A. frente don David Moreno Varelo y Guardian Seguridad y Vigilancia, S. A., cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 813/2019, seguidos ante este Juzgado por Lease Plan Servicios, S. A., representada por la procuradora doña Gemma Muñoz Minaya y asistida por la letrada doña Marta Lavín Muñoz y como demandados Guardian Seguridad y Vigilancia, S. A., y don David Moreno Valero, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre acción de resolución de contrato y reclamación de cantidad y los siguientes:

Estimo la demanda formulada por la procuradora doña Gemma Muñoz Minaya, en nombre y representación de Leaseplan Servicios, S. A., frente a Guardian Seguridad y Vigilancia, S. A., y don David Moreno Valero y, en consecuencia:

Primero.—Declaro resueltos los contratos de alquiler de vehículo sin conductor números 475760P1 y 475760P4, suscritos entre Leaseplan Servicios, S. A., y Guardian Seguridad y Vigilancia, S. A., en fecha 18 de junio de 2018 y 4 de julio de 2018 sobre el vehículo, marca Wolkswagen Ind., modelo Caddy Prof Furgon, con matrícula 0653-KMP, y del vehículo marca Wolkswagen Ind., marca Caddy Business, matrícula 8364-KNB, respectivamente; por incumplimiento contractual de la demandada.

En consecuencia, a dicha resolución procede la entrega de la posesión de los citados vehículos y documentación correspondiente según lo pactado en el contrato, a la parte actora.

Segundo.—Condeno a los demandados Guardian Seguridad y Vigilancia, S. A.. y a don David Moreno Valora, a abonar solidariamente a la actora la suma de 2.605,74 euros correspondientes a los plazos vencidos y no satisfechos con los intereses pactados devengados desde la fecha de vencimiento de cada una de las facturas impagadas hasta su pago, cuya liquidación se dejará para ejecución de la presente resolución, la suma 8,70 euros correspondientes a los consumos de combustible y la suma de 15.787,67 euros como penalización pactada, con los intereses legales en estos dos últimos casos.

Tercero.—Condeno a los demandados a las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamiento que impugna, previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 2438 de Banco Santander, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la LOPJ, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Esta sentencia ha sido redactada como proyecto de sentencia, por el juez en prácticas don Sergio Aliaga Herrera, siendo asumida y supervisada por doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento 2/2000, de Jueces Adjuntos.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada juez titular.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Guardian Seguridad y Vigilancia, S. A., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 18 de enero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.793/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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