Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2021

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210218-14

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la Empresa Johnson Controls Autobaterías (oficinas centrales) (código número 28014952012009).

Examinada el Acta de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la Empresa Johnson Controls Autobaterías (oficinas centrales), suscrita por la Comisión Negociadora del mismo, el día 16 de enero de 2020, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 13 del Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicha revisión salarial, del Convenio Colectivo, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Madrid, a 2 de febrero de 2021.—El Director General de Trabajo, Álvaro Rodríguez de la Calle.

Acta de la reunión celebrada para la aprobación de las Tablas salariales para el año 2020, confeccionadas según el artículo 3.o del XXII Convenio Colectivo de Clarios Iberia P&D, S. L. en sus oficinas centrales de Madrid

En Madrid, siendo las 11:30 horas del día 16 de enero de 2020, se reúne la Comisión Negociadora del XXII Convenio Colectivo de Clarios Iberia P&D, S. L. en sus oficinas centrales de Madrid, formada por la siguiente representante de los trabajadores:

— D. Eva María Rodríguez López.

Y por los representantes de la Dirección de Clarios Iberia P&D, S.L. que a continuación se relacionan:

— D. Carlos Lorente.

— D. José Luis Rivera.

Según lo establecido en el artículo 3.o del Convenio, se ha procedido a revisar los valores de las tablas salariales vigentes durante el año 2020, y sobre las tablas del 2019 se ha aplicado el incremento inicial acordado en el nuevo convenio colectivo para el año 2020, y se han confeccionado y comprobado las tablas salariales vigentes desde el 1 de enero de 2020, y se decide por acuerdo total de las partes:

Primero.—Aprobar las tablas salariales del año 2020.

Segundo.—Designar a D. Carlos Lorente Fernández, con DNI 0XXXXXX5-B en su calidad de apoderado y con firma electrónica autorizada, para efectuar el registro e inscripción de las tablas salariales del año 2020, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta esta acta que, una vez leída y aprobada por los asistentes, se suscribe en señal de conformidad por los representantes de la Dirección y de los Trabajadores.

Madrid, a 16 de enero de 2020.—Por la Dirección, Carlos Lorente.—Por RR. HH., José Luis Rivera.—Por R. L. T., Eva María Rodríguez.



(03/4.152/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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