Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2021

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210218-46

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

PERSONAL

46
Tres Cantos. Personal. Relación puestos trabajo

Por el Pleno del Ayuntamiento de Tres Cantos, en sesión extraordinaria y urgente de 2 de diciembre de 2020, se aprobó la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Tres Cantos para la integración de los funcionarios de Policía Local en los subgrupos de clasificación profesional de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías de la Comunidad de Madrid, en los siguientes términos:

Primero.—Aprobar la modificación de la vigente Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de este Ayuntamiento para la integración de los funcionarios de Policía Local en los subgrupos de clasificación profesional determinados en la vigente Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el acuerdo de la Mesa de Valoración Técnica de 22 de octubre, en los siguientes términos:

Segundo.—La integración en el grupo C1 y A2 para los funcionarios que acrediten la titulación requerida según artículo 33 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de conformidad con el acuerdo, tendrá efectos jurídicos y administrativos según Ley 1/2018 de 22 de febrero, y efectos económicos desde el 1 de enero del año 2019, siendo su cuantía conforme determinan para 2019 el Real Decreto-Ley 24/2018, 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público y para 2020 el Real Decreto-Ley 2/2020, de 21 de enero. No son aplicables intereses de demora a dichas cantidades, en virtud del citado acuerdo.

Tercero.—Los funcionarios de Policía que no posean la titulación exigida para la integración, excepcionalmente y conforme al citado acuerdo de la Mesa Técnica de Valoración, se les dispensará de dicha titulación cumpliendo los siguientes requisitos:

— Para acceder al subgrupo C1 deberán acreditar una antigüedad de diez años en el subgrupo C2, más la superación de uno o varios cursos de formación relacionados con las tareas del puesto, de al menos 60 horas lectivas en total.

Los cursos serán acreditados mediante titulación, diploma o certificación. Únicamente se tendrán en cuenta, a estos efectos, los títulos obtenidos a partir de la fecha del acuerdo. Una vez cumplidos estos requisitos, el funcionario, presentará solicitud, junto con toda la documentación y tendrá efectos económicos desde la aprobación por el órgano competente, facultando al alcalde-presidente para dictar los decretos de integración y efectos económicos.

Cuarto.—Proceder a la aplicación de esta integración en la Plantilla de Personal, realizando su tramitación en los términos previstos en el artículo 126 del Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Quinto.—Aprobada definitivamente la plantilla, se abonarán las retribuciones (sueldo y trienios) correspondientes a los subgrupos C1 y A2 a los funcionarios de Policía que tengan la titulación, o la dispensa conforme al apartado dispositivo tercero de este acuerdo.

Las retribuciones por atrasos a 1 de enero de 2019, conforme a los efectos económicos pactados, se abonarán a partir de la fecha de este acuerdo, una vez acreditada la titulación o los cursos de formación, mediante Decreto.

Sexto.—Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con la advertencia de que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Pleno durante el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid que por turno corresponda en el plazo de dos meses, a contar desde la citada publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se advierte que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Tres Cantos, a 8 de febrero de 2021.—La concejala-delegada de Seguridad, Movilidad y Recursos Humanos, María del Mar Sánchez Chico de Guzmán.

(03/4.408/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210218-46