Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210218-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2

61
Colmenar Viejo número 2. Procedimiento 137/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 137/2019, entre Santander Consumer Finance, S. A. y doña Alicia Pérez Calderón, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 48/2020

Magistrada-juez doña María José Mendoza Álvarez.—Colmenar Viejo, a 27 de marzo de 2020.

Vistos por doña María José Mendoza Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Colmenar Viejo (Madrid), los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado, sobre reclamación de cantidad, y registrados bajo el número 137/2019, a instancias de la entidad Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., representada por el procurador de los tribunales don Esteban Muñoz Nieto y bajo la dirección técnica de la letrada doña María Teresa García Colado, frente a doña Alicia Pérez Calderón, ha venido a dictar la presente sentencia, a la que sirven de base los siguientes:

Fallo

Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta a instancias de la entidad Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., representada por el procurador de los tribunales don Esteban Muñoz Nieto, frente a doña Alicia Pérez Calderón, en reclamación de la cantidad de 13.908,85 euros.

Y para que sirva de notificación a doña Alicia Pérez Calderón, expido y firmo la presente en Colmenar Viejo, a 29 de enero de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/4.308/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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