Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2021

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210218-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

66
Madrid número 6. Procedimiento 960/2018

EDICTO

En el juicio 960/2018 se ha dictado sentencia número 18/2021, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que desestimando íntegramente la demanda seguida a instancia de la mercantil Abm-Rexel, S. L., quien actúa representada por el procurador Sr. Melchor Oruña, y asistida del letrado D. César Olalla Romero; contra los demandados no comparecidos y declarados rebeldes D. Carlos José Suárez Fernández-Cid y contra D. Juan Ricardo Robledo Díaz, en su condición de administrador social de la mercantil Reformas Chamberí, S. L.; debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones formuladas, con imposición de las costas a la parte demandante.

Así por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, y contra la que cabe (artículo 458 LEC) recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar de su notificación, ante este Juzgado, a resolver por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Carlos José Suárez Fernández Cid y D. Juan Ricardo Robledo Díaz, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los plazos para los recursos a que se refiere la parte dispositiva de la Sentencia se interrumpen, en su caso, por la solicitud y en todo caso comienzan a computarse desde el día siguiente a la publicación de este edicto (artículo 267.8 LOPJ).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 25 de enero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/4.325/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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