Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210223-225

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁDIZ NÚMERO 2

225
Cádiz número 2. Procedimiento 273/2019

EDICTO

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÁDIZ.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 273/2019, sobre Seguridad Social en materia prestacional, a instancia de CLAUDIO JOSE LEMA MARTIN contra INSS, NOVOMARMOL MADRID SLL, COMERCIAL ENCIMERAS SL, NOVOMARMOL CHICLANA SLL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en la que con fecha 9/02/21 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

“PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Suspender el/los acto/s de conciliación y juicio, que venían señalados para el día de hoy, y señalo el próximo día 8 DE ABRIL DE 2021 A LAS 8:50 HORAS, expidiéndose al efecto las cédulas de citación de las partes, así como los oficios necesarios para la práctica de la prueba instada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

REQUIERASE AL INSS PARA QUE REMITA EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO AL MENOS CON 15 DIAS DE ANTELACION A LA CELEBRACION DE JUICIO.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en forma a NOVOMARMOL MADRID SLL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En CÁDIZ, a nueve de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

(03/4.966/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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