Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2021

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210224-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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ORDEN de 16 de noviembre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible, tramitado de forma anticipada, para la concesión directa de subvenciones, para la adaptación de puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con discapacidad en las empresas del mercado ordinario de trabajo, en el año 2021.

El texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, establece como finalidad primordial de la política de empleo de trabajadores con discapacidad, su incorporación al mercado de trabajo. Asimismo, el artículo 2 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, establece que la integración laboral de las personas con discapacidad constituye uno de los objetivos de las políticas de empleo.

Mediante Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de cooperativas, calificación y registro administrativo de Sociedades Anónimas Laborales y programas de apoyo al empleo, se transfirió a la Comunidad de Madrid, la gestión dentro de su ámbito territorial de los programas de ayudas y subvenciones en materia de integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, entre ellos, el programa de fomento de la contratación indefinida de personas con discapacidad en empresa ordinaria, previsto en el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de las personas con discapacidad, y en concreto, las destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales las personas con discapacidad contratadas.

Mediante Orden de 5 de septiembre de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, modificada por Orden de 24 de julio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones, destinadas al fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, entre las que se incluyen las subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con discapacidad, en las empresas del mercado ordinario de trabajo, por un importe máximo de 2.000 euros.

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, en relación con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,

RESUELVO

Primero

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2021, de subvenciones para la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con discapacidad en las empresas del mercado ordinario de trabajo, es de 200.000 euros.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 77309, del Programa presupuestario 241-M Promoción y Fomento del Empleo, centro gestor 200150000, del Presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para 2021.

El crédito presupuestario de 200.000 euros procede íntegramente del Estado y la subvención se convoca en cumplimiento de la distribución de fondos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las Comunidades Autónomas en el año 2021, que resulte aprobada en la reunión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales que a tal efecto se celebre.

La eficacia de esta Orden queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para el año 2021.

Madrid, a 16 de noviembre de 2020.—El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, P. D. (Orden 14 de septiembre de 2015, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de septiembre de 2015), la Viceconsejera de Empleo, Eva María Blázquez Agudo.

(03/4.780/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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