Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210224-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

124
Madrid número 14. Ejecución 72/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en la ejecución 72/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MHAMED BAHMAD frente a GLOBAL 1919 CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto de insolvencia provisional de fecha 01/02/2021, por el que se dispone:

“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 14.412,16 EUROS de principal; 1.441,21 EUROS de intereses y costas pendientes provisionalmente calculados, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado GLOBAL 1919 CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).

Asimismo, hágase entrega de los testimonios necesarios que se remitirán, una vez firme, por correo certificado con acuse de recibo al domicilio del Letrado/a de la parte ejecutante, a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL. Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones”.

Frente al mismo cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GLOBAL 1919 CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de febrero de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.418/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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