Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2021

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210224-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS

2
RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2021, de la Dirección del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid, por la que se nombran los miembros de la Comisión de Docencia e Investigación del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid.

El Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificado mediante el Decreto 50/2015, de 21 de mayo, establece la creación del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y aprueba su Reglamento.

La Orden 12/2020, de 21 de enero, de la Consejería de Justicia, Interior y Victimas, acuerda la entrada en funcionamiento del Instituto el día 1 de febrero de 2020.

El artículo 7 del Decreto 37/2006, de 4 de mayo, en su aparatado i), establece como función del Consejo de Dirección al de proponer al Director la creación de la Comisión de Docencia e Investigación y la de nombramiento de los miembros de esta.

En el mismo Decreto en su artículo 14 establece que:

1. Podrá crearse, a propuesta del Consejo de Dirección, una Comisión de Docencia e Investigación, encargada de:

a) Asesorar en lo relativo a la formación continuada y especializada de los médicos forenses destinados en el Instituto.

b) Colaborar en las actividades de formación del personal del Instituto con los órganos competentes de la Comunidad de Madrid y del Ministerio de Justicia en materia de formación.

c) Impulsar las tareas docentes y de investigación.

d) Proponer al Director los proyectos de investigación y los planes de formación del Instituto.

e) Autorizar y controlar las publicaciones resultantes de los trabajos de investigación realizados en la sede y con los medios del Instituto.

2. Dicha Comisión estará presidida por un catedrático o profesor universitario, de Medicina Legal, y formarán también parte de ella tres médicos forenses y un facultativo del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Los miembros de la comisión serán nombrados por un plazo de cuatro años por el Director del Instituto, a propuesta de su Consejo de Dirección.

Mediante acta del Consejo de Dirección, celebrado el día 4 de diciembre de 2020, se procedió a la aprobación de la propuesta de creación de la Comisión de Docencia e investigación del IMLCF de Madrid (artículo 14, Decreto 37/06).

Recogido en acta del Consejo de Dirección de 2 de febrero de 2021, figura la propuesta de los miembros designados.

Por todo ello, esta Dirección

HA RESUELTO

Primero

El nombramiento por un período de cuatro años de los siguientes miembros que integrarán la Comisión de Docencia e Investigación del IMLCF de Madrid.

Presidente:

— D. Fernando Bandrés Moya.

Vocales:

— D. Juan Manuel Cartagena Pastor.

— D. José Luis Prieto Carreño.

— D.a Luciana Miguel Alhambra.

Vocal del INTCF:

— D.a Carolina Sánchez de la Torre.

Segundo

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.

En Madrid, a 2 de febrero de 2021.—El Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid, Eduardo Andreu Tena.

(03/5.111/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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