Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210225-168

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

168
Madrid número 32. Ejecución 19/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Laura Fojón Chamorro, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 19/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CRISTINA APARICIO VIGURI frente a PEINES COLOR TIJERAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrado/a de la Admón. de Justicia, D./Dña. Laura Fojón Chamorro.—En Madrid, a uno de febrero de dos mil veintiuno.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 22/11/2019, a la empresa PEINES COLOR TIJERAS SL en favor del/de los demandante/s D./Dña. CRISTINA APARICIO VIGURI y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará, el día 21/05/2021, a las 08:55 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no compareciese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Dada cuenta, conforme instrucciones dadas por la Magistrada, se procederá a la celebración de la vista de forma telemática, debiendo las partes aportar al Juzgado los datos necesarios para la conexión el día del juicio, aportando teléfono de contacto así como dirección email válido al menos tres días antes de la fecha señalada para el juicio y las identificaciones deberán ser remitidas al correo del Juzgado (social32mad@madrid.org) al menos tres días antes de dicha fecha con el fin de preparar las actas. Asimismo se insta a las partes para que soliciten y aporten la prueba estrictamente necesaria para la celebración de la vista y en el caso de aportar testigos y peritos aporten igualmente teléfono y dirección email válido de conexión, conforme instrucciones de la Magistrada.

Respecto a la prueba propuesta la misma deberá ser solicitada y aportada vía lexnet con diez días de antelación a la vista, debido a la excepcionalidad de la situación.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a PEINES COLOR TIJERAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.542/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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