Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2021

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210226-22

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

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ORDEN 32/2021, de 18 de febrero, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico de las convocatorias de ayudas en el año 2021 en materia de investigación científica.

La aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, el día 8 de noviembre de 2016, y posterior ratificación por la Asamblea de Madrid el día 15 de febrero de 2017, del V Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica 2016-2020 (en adelante, V PRICIT), pretende dar respuesta a la concreción de las acciones de involucrar, dinamizar y comprometer a los distintos agentes para alcanzar los objetivos regionales referidos a la I + D + i hasta el año 2020, a través del conocimiento como el principal activo con el que las regiones cuentan para facilitar los procesos por los que se genera riqueza, empleo y bienestar social.

Una parte muy importante de este conocimiento proviene de las instituciones de investigación (universidades, organismos públicos de investigación, institutos de investigación, centros tecnológicos, fundaciones hospitalarias de investigación, etcétera) que generan el conocimiento científico-tecnológico que contribuye a mejorar la competitividad de la región mediante la transferencia de estos conocimientos al sector productivo y la creación de nuevas empresas, de forma que esta colaboración público-privada se convierta en un factor clave de la dinamización económica y de la generación de empleo.

El objetivo final del V PRICIT es posicionar a la región como referente a nivel europeo e internacional, atendiendo a la masa crítica que como centro económico y de conocimiento posee en términos internacionales. El principal pilar con el que cuenta la Comunidad de Madrid es su masa crítica, tanto de actores del sistema como del talento que genera y atrae, y la capacidad inherente para generar oportunidades en el marco de las demandas y de los retos económico-sociales que la sociedad presenta. Para alcanzar el objetivo planteado, es imprescindible asegurar un entorno favorable al conocimiento, tanto en lo relativo a su generación como a su aplicación y valorización en términos socioeconómicos.

Dada la situación vivida por la pandemia COVID-19 en el año 2020, ha sido imposible realizar un nuevo plan regional, por lo que ha sido preciso realizar una prórroga del V PRICIT, hasta 31 de diciembre de 2021 o hasta la fecha de aprobación de un nuevo plan si esta tuviera lugar antes, con el fin de mantener un instrumento técnico de planificación adecuado, al amparo del cual puedan realizarse las distintas actuaciones que en materia científica y tecnológica pretende lleva a cabo la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación durante el año 2021.

La prórroga del V PRICIT ha sido informada por la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y aprobada por el Consejo de Ciencia y Tecnología, por la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología, por el Consejo de Gobierno en su reunión de 9 de diciembre de 2020 y posteriormente remitida a la Asamblea de Madrid para su pronunciamiento.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Este precepto está igualmente recogido en el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

La sección primera del capítulo III del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece los principios directores, ámbito de aplicación, contenido, competencia para su aprobación, seguimiento y efectos del incumplimiento de los planes estratégicos.

En concreto, su artículo 11.4 establece que los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que, por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

En virtud de lo anterior, y dado que este plan estratégico está vinculado a los objetivos del V PRICIT, y este ha sido prorrogado y finaliza como máximo a 31 de diciembre de 2021, la duración del mismo será únicamente de un año.

La Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, a través de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, tiene, entre sus competencias, tal y como establece el artículo 7 del Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, la planificación, ejecución y evaluación de las políticas de la Comunidad de Madrid de fomento de la investigación científica y tecnológica, la coordinación con las universidades y centros de investigación radicados en la Comunidad de Madrid, el establecimiento de programas y actuaciones de investigación científica, y la incentivación de las actuaciones conjuntas de los centros de investigación públicos y los sectores productivos.

En virtud de lo anterior,

DISPONGO

Aprobar el Plan Estratégico de las convocatorias de ayudas en el año 2021 en materia de investigación científica.

Madrid, a 18 de febrero de 2021.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, EDUARDO SICILIA CAVANILLAS

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO

1) Objetivos estratégicos

En este plan estratégico se contemplan programas y actuaciones de investigación científica que están enmarcados dentro del prorrogado V Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica 2016-2020 (en adelante V PRICIT) y cuya finalidad estratégica es contribuir a la implementación y el desarrollo de los propios objetivos estratégicos de dicho plan.

El V PRICIT define un núcleo estratégico con la visión y la misión del Plan a medio y largo plazo que se concreta en unos objetivos estratégicos a medio plazo que se ejecutan a través de un conjunto de programas de acción, cada uno de ellos, con una serie de actuaciones e iniciativas para poner en marcha sobre el terreno a corto plazo.

Para llevar a cabo la misión y visión del Plan, el V PRICIT se ha estructurado alrededor de tres ámbitos:

a) Mejorar las capacidades del sistema, centrada en tres aspectos: Reforzar los organismos de investigación y su equipamiento científico; atracción y retención de talento tanto joven como senior; e impulso a los proyectos con proyección singular.

b) Impulsar las vías para un aprovechamiento más eficaz de la actividad generada en el sistema a través de la valorización realista de los resultados de la I + D + i, la protección de esos resultados y la creación de “start-ups” y “spin-offs”.

c) Mayor nivel de coordinación de los esfuerzos en I + D + i con fondos europeos, nacionales y regionales a través de la articulación del conjunto del sistema y su masa crítica.

El contenido de estos ámbitos se ha desarrollado a través de la definición de cinco objetivos estratégicos:

1) Generar, atraer y retener talento que contribuya a la excelencia del sistema de I + D + i de la Comunidad de Madrid.

2) Fortalecer y coordinar los organismos de investigación y equipamientos científicos del ecosistema innovador de la Comunidad de Madrid.

3) Apoyar proyectos de excelencia (disruptivos de alcance internacional) que promuevan procesos de cambio de acuerdo a los retos de la sociedad.

4) Vincular la ciencia y la investigación a la competitividad empresarial y al entorno socioeconómico, y

5) Promover la cultura científica, fomentando la participación de la sociedad en el sistema de I + D + i de la Comunidad de Madrid.

Para el despliegue de acciones concretas en cada uno de los ejes de actuación, se han diseñado seis programas marco:

— Programa 1. Atracción y retención de talento, centrado en la promoción del acceso a la carrera científica y de la formación de jóvenes investigadores, y en la captación de investigadores de alto prestigio y mejora de la estabilidad de los investigadores.

— Programa 2. Fortalecimiento de los organismos de investigación y su equipamiento científico, focalizado en el refuerzo y consolidación de los organismos de investigación, el desarrollo y mejora de los equipamientos, su renovación, su gestión y mantenimiento y el acceso a los mismos de los investigadores, empresas y ciudadanía.

— Programa 3. Impulso a los proyectos disruptivos de I + D + i de grupos y redes de investigación, centrado en el apoyo a proyectos tanto de grupos consolidados como emergentes, y a los proyectos colaborativos entre grupos con aplicación a empresas.

— Programa 4. Mejora de la transferencia de resultados de la investigación al mercado y la sociedad, potenciando la relación investigador-empresa, la valorización de los resultados, el apoyo a la innovación empresarial/colaborativa, y la compra pública precomercial/innovadora.

— Programa 5. Promoción de la cultura científica a la sociedad y la participación activa de la ciudadanía basada en la comunicación y divulgación de la ciencia y tecnología en los medios de comunicación y redes sociales, colegios, institutos, etcétera.

— Programa 6. Mejora de la gobernanza del sistema, teniendo en cuenta la transparencia, la información, participación y la evaluación del sistema regional de I + D + i.

Las medidas contempladas en este Plan Estratégico pretenden contribuir al desarrollo de los objetivos estratégicos del V PRICIT a través de convocatorias de ayudas para los programas 1, 2, 3 y 4.

El ámbito temporal de este plan estratégico es únicamente el año 2021, último año de vigencia del prorrogado V PRICIT, ya que como establece el artículo 11.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la especial naturaleza del sector afectado, se puede establecer una duración diferente al mínimo de tres años establecido en dicho artículo.

La Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, en su artículo 6 establece que, entre otras, corresponden a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica la redacción de los programas y convocatorias del Plan Regional.

Las convocatorias gestionadas por la Subdirección General de Investigación están presupuestariamente asignadas con cargo a los subconceptos 78200 y 79003 del Programa 466A Investigación, entre cuyos objetivos están, según lo establecido en la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, prorrogados a 2021 por el Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021:

— Atracción y retención de talento investigador.

— Fortalecimiento de los organismos de investigación y su equipamiento científico.

— Impulso proyectos de I + D + I de grupos y redes de investigación.

Por lo tanto, los objetivos de este Plan Estratégico están vinculados con los objetivos establecidos en el programa presupuestario a través del cual se financian.

2) Líneas de subvención

a) Convocatorias de ayudas.

Las ayudas previstas en este plan estratégico se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva. El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante la aprobación de las correspondientes convocatorias, que se ajustarán a lo previsto en las bases reguladoras vigentes.

Los objetivos, sectores a los que se dirigen las ayudas (beneficiarios), áreas de competencia afectadas, plazos de duración de las ayudas y efectos que se persiguen conseguir con las convocatorias de ayudas del Plan Estratégico son las que se indican a continuación para cada una de ellas.

Ayudantes de investigación y Técnicos de laboratorio:

El objetivo estratégico de esta convocatoria es la creación de empleo y dotar a los equipos de investigación de personal ayudante y auxiliar para realizar aquellas tareas imprescindibles en los laboratorios que no requieran de la competencia de los investigadores para llevarlas a cabo. Los objetivos que se pretenden con estas ayudas son los siguientes:

— Que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación, puedan recibir una oferta de empleo tras acabar la educación formal o quedar desempleadas.

— Fortalecer los equipos de investigación con la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio que colaboren en las áreas de interés estratégico para la Comunidad de Madrid.

— Promover la sinergia con el resto de las acciones que hayan recibido financiación de la Dirección General de Investigación e Innovación y por lo tanto aumentar la competitividad de los grupos de investigación.

Los beneficiarios de estas ayudas serán las universidades, hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos públicos de investigación y fundaciones dedicadas a la investigación de la Comunidad de Madrid, que deseen contratar ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio que apoyen y fortalezcan a los grupos de investigación en los que se incorporen.

Los contratados desarrollarán sus funciones como personal de apoyo a la investigación en los organismos beneficiarios de las ayudas y contarán con la supervisión de un tutor propuesto por cada organismo de investigación. El tutor deberá estar integrado en el departamento o unidad donde se destine al contratado, con una situación laboral permanente en la institución y deberá ser un investigador con grado de doctor.

La duración de las ayudas a los contratos será de dos años. El contrato comenzará a computarse desde el momento en que el contratado se incorpore al organismo.

Atracción de Talento investigador:

Estas ayudas se convocan en dos modalidades:

— Modalidad 1: Ayudas para la contratación de investigadores con experiencia. Los objetivos de estas ayudas son promover la incorporación de investigadores españoles y extranjeros, con una trayectoria destacada, en las entidades beneficiarias mediante la concesión de ayudas de una duración de cinco años para su contratación laboral a tiempo completo, así como una financiación adicional con objeto de que el investigador incorporado pueda realizar la contratación de personal colaborador, comprar el equipamiento necesario, así como realizar los gastos de funcionamiento para desarrollar su proyecto de investigación.

— Modalidad 2: Contratación de jóvenes doctores. Estas ayudas tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores por un período de cuatro años con objeto de que completen su formación investigadora postdoctoral. Pueden recibir una financiación adicional para gastos de movilidad y formación.

La convocatoria de atracción de Talento investigador se realizará únicamente en el año 2021 como tramitación anticipada, con resolución e inicio de las ayudas en el año 2022.

Los beneficiarios deberán ser universidades, públicas o privadas, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia, Fundaciones de los Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (IMDEAs), así como entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora. Todas estas entidades beneficiarias deben estar situadas en la Comunidad de Madrid. En el caso de las universidades, deberán además estar inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

Convocatoria extraordinaria de atracción de Talento investigador para la financiación de un quinto año:

Hasta el año 2020 las convocatorias de atracción de Talento en su modalidad 1 tenían una duración de cuatro años. Con esta convocatoria se pretende conceder un año adicional a los beneficiarios de cara al perfeccionamiento de su carrera investigadora para su inclusión en los programas de excelencia nacionales a los que se hace referencia en el procedimiento de certificaciones I3 y a su inclusión en la tasa de reposición de las universidades en el acceso a cuerpos docentes universitarios (Cuerpos de Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de Universidad y Profesores Contratados Doctores), asimilándose así a los beneficiarios de la convocatoria Ramón y Cajal.

Se dotará a cada investigador de una financiación adicional para tareas que faciliten la obtención de la certificación I3. Se financiarán estos contratos para los investigadores que procedan de las convocatorias de atracción de talento en su modalidad 1 del año 2017.

Los beneficiarios deberán ser universidades, públicas o privadas, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia, Fundaciones de los Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (IMDEAs), así como entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora. Todas estas entidades beneficiarias deben estar situadas en la Comunidad de Madrid. En el caso de las universidades, deberán además estar inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

Programas de actividades de I + D entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid en biomedicina:

Las ayudas para la realización de proyectos sinérgicos de I + D buscan impulsar la realización de programas de actividades de I + D conjuntos, así como para la gestión y adquisición de infraestructuras en laboratorios de uso común en Biomedicina, y para la incorporación de personal investigador de apoyo a la investigación, doctores, técnicos de gestión y técnicos de laboratorio.

Cada programa deberá estar constituido por, al menos, tres grupos de investigación de al menos dos organismos diferentes que podrán ser universidades, hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos públicos de investigación y fundaciones dedicadas a la investigación cuya actividad se desarrolle en la Comunidad de Madrid. Los programas deberán tener una duración de cuatro años.

Uno de los dos grupos de investigación ejercerá la función de coordinador y su investigador principal ejercerá la función de responsable frente a la Comunidad de Madrid del programa científico y de la gestión administrativa, en colaboración con el gestor del programa, el comité de gestión, el organismo coordinador y el resto de organismos beneficiarios. El investigador principal coordinador pertenecerá al organismo beneficiario principal y coordinador del programa.

La convocatoria de programas de actividades de I + D en biomedicina se realizará se tramitará anticipadamente en el 2021, con resolución e inicio de los proyectos en el año 2022.

b) Costes previsibles y fuentes de financiación.

Los costes previsibles para el año 2021 derivados de las convocatorias publicadas en este año son 8.453.000,00 euros, con un compromiso plurianual adicional hasta el año 2026 de 45.053.000,00 euros distribuidos de la siguiente manera:

Todas las convocatorias reflejadas en este plan estratégico se financiarán con cargo a los presupuestos de la Comunidad de Madrid a través de los créditos presupuestarios del Programa 466 A (subconceptos 78200 y 79003).

c) Plan de acción.

Las bases reguladoras de las convocatorias que forman parte de este plan estratégico están ya publicadas.

3) Régimen de seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención

a) Seguimiento científico-técnico de las convocatorias.

Todas las convocatorias se someten a una evaluación científico-técnica de los resultados obtenidos con la actividad financiada:

Ayudantes de investigación y Técnicos de laboratorio:

Un mes antes de finalizar el primer año de contrato, el tutor responsable de contratado deberá remitir un resumen explicativo de la labor desarrollada por el contratado, así como las tareas a realizar durante el siguiente año. Se podrá recabar el asesoramiento de expertos para realizar la evaluación de este informe.

Atracción de Talento investigador:

Los investigadores contratados al amparo de estas ayudas deberán elaborar dos informes de seguimiento científico-técnico, incluyendo los resultados de las actividades de I + D llevadas a cabo durante el período analizado, uno referente a los primeros dieciocho meses de contrato y otro relativo a los cuarenta y ocho meses de contrato. Se podrá establecer la necesidad de presentación de informes de seguimiento adicionales.

Se podrá designar los órganos, comisiones o expertos que se estime necesarios para poder realizar la evaluación de los informes de seguimiento científico-técnico, y el resultado de la evaluación de los primeros dieciocho meses, favorable o desfavorable, será determinante para mantener la continuidad en la financiación de los contratos y de las ayudas adicionales durante los dos últimos años en modalidad 2 y tres en modalidad 1. En los diferentes procesos de evaluación del seguimiento, se podrá determinar la necesidad de la realización de entrevistas a todos o algunos de los candidatos quedando incluida la valoración de las mismas en el resultado del seguimiento.

Programas de actividades de I + D entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid en biomedicina:

Para seguimiento científico-técnico de las acciones subvencionadas se podrá designar los órganos, comisiones o expertos, que estime necesarios para realizar las oportunas actuaciones de comprobación e inspección de la aplicación de la ayuda.

La realización del seguimiento científico-técnico se llevará a cabo sobre las actividades de I + D desarrolladas en programa, a los dieciocho meses y a su finalización, y para ello el organismo coordinador presentará un informe de los resultados obtenidos: resultados científicos y tecnológicos, resultados sobre el capital humano y la formación, movilización de fondos, gestión y coordinación, difusión y divulgación y otros.

El pago de la tercera y cuarta anualidad quedará condicionado a los resultados obtenidos en la evaluación del informe de seguimiento científico-técnico presentado a los dieciocho meses.

b) Cumplimiento de los objetivos estratégicos. Indicadores.

Como ya se ha indicado, en este plan estratégico se contemplan programas y actuaciones de investigación científica que están enmarcados dentro del V Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica, 2016-2020 (en adelante V PRICIT) y cuya finalidad estratégica es contribuir a la implementación y el desarrollo sus objetivos estratégicos, por lo tanto los indicadores propuestos para cada una de las líneas de actuación de este plan estratégico está alineados con los indicadores propuestos para el seguimiento del VPRICIT.

Atracción de Talento investigador:

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2021 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

Ayudantes de investigación y Técnicos de laboratorio:

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2021 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

Convocatoria extraordinaria de atracción de Talento investigador para la financiación de un quinto año:

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2021 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

Programas de actividades de I + D entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid en biomedicina:

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2021 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

(03/6.332/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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