Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2021

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210226-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Estatutos Junta de Compensación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 18 de febrero de 2021 y en el expediente administrativo con número de referencia 714/2003/02324, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

“Primero.—Aprobar inicialmente la modificación del apartado primero del artículo 28 de los Estatutos de la Junta de Compensación del Suelo Urbanizable Programado Pormenorizado 2.04 “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, promovida de la Junta de Compensación del ámbito, conforme al acuerdo adoptado por la Asamblea General Extraordinaria de dicha entidad el 18 de noviembre de 2020.

Segundo.—Someter dicha modificación al trámite de información pública durante un plazo de veinte días, a cuyo efecto se insertará el correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se notificará individualmente a todos las personas propietarias y titulares de derechos afectos a tenor de lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto. Durante el período de información pública, las personas propietarias y demás afectadas podrán formular las alegaciones que a sus derechos convengan”.

La redacción del artículo 28.1 de los Estatutos en su redacción previa a la modificación acordada en Asamblea General de 18.11.2020 era la siguiente:

“Art. 28. Composición.—1. El Consejo Rector estará compuesto por ocho miembros”.

La modificación aprobada en la citada Asamblea General de 18.11.2020, es la que sigue:

“Art. 28. Composición.—1. El Consejo Rector estará compuesto por diez miembros; y en el supuesto del artículo 13.4 de estos Estatutos, el número de miembros será el que resulte al integrarse en aquél el representante o los representantes de la empresa o empresas promotoras incorporadas a la Junta de Compensación”.

Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en los canales de información urbanística que a continuación se indican durante el plazo señalado (Referencia 714/2003/2324) y formular por escrito cuantas alegaciones estimen convenientes a su derecho durante el término veinte días, computables desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

— La página web del Ayuntamiento de Madrid (madrid.es), en el apartado de El Ayuntamiento/Gobierno/Información pública/Otros acuerdos.

— La página web del Ayuntamiento de Madrid (madrid.es), en el apartado de Vivienda, Urbanismo y Obras/Urbanismo/Información Pública.

— El Visualizador Urbanístico (madrid.es/VisorUrbanístico), accediendo a Mapas/Información Pública.

— El Geoportal (geoportal.madrid.es), buscando Información pública.

Los escritos podrán presentarse en cualquier Registro del Ayuntamiento de Madrid, así como por cualquier medio a los que hace referencia el artículo 16, apartados 4-8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 23 de febrero de 2021.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/6.709/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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