Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
01-03-2021

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210301-49

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

OFERTAS DE EMPLEO

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Torrelodones. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 9 de febrero de 2021, se aprobaron las bases específicas que han de regir la convocatoria para proveer una plaza de profesor/a de Danza Clásica y Contemporánea para el Ayuntamiento de Torrelodones incluida en la Oferta de Empleo Público de 2018, cuyo texto es el siguiente:

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE PROFESOR/A DE DANZA CLÁSICA Y CONTEMPORÁNEA PARA EL AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

1. Normas generales

a) Objeto de la convocatoria, sistema selectivo y características del puesto de trabajo: La plaza de esta convocatoria se encuentran incluida en la Oferta de Empleo del Ayuntamiento de Torrelodones para el año 2018, siendo el objeto de la misma cubrir por contratación laboral fijo, mediante oposición libre, una plaza de profesor/a Danza Clásica y Contemporánea.

b) Legislación aplicable: La presente convocatoria se desarrollará con arreglo a las bases generales, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el 12 de junio de 2018.

2. Requisitos específicos de los aspirantes

2.1. Los generales para el acceso a la Función Pública, según se establece en el punto 2 de las bases generales.

2.2. Los específicos que seguidamente se indican:

a) Estar en posesión del Título de Grado Medio de Danza Clásica.

3. Solicitudes

3.1. Se presentarán en el plazo y de la forma que se indica en las bases generales.

3.2. La tasa por derechos de examen de este proceso selectivo será de 14,84 euros, cuyo importe se hará efectivo en el banco y cuenta del Ayuntamiento, que se indique en la propia instancia.

3.3. Proyecto pedagógico que figura en el punto 5.1 de estas bases.

4. Tribunales

4.1. El tribunal calificador que actuará en el proceso de selección, se regirá por las normas contenidas en el punto 6 de las bases generales.

4.2. El tribunal tendrá la categoría primera a efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

5. Desarrollo del proceso selectivo

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

La fase de oposición será previa a la fase de concurso.

5.1. Fase de oposición:

Esta fase consistirá en la realización de tres ejercicios, en base al temario que figura en el Anexo I.

a. Primer ejercicio. Consistirá en la interpretación de un fragmento de repertorio o de creación propia de danza contemporánea seleccionada por el aspirante, de una duración entre tres y cinco minutos. Se valorará la dificultad técnica, la calidad y destreza de la ejecución.

b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar de manera práctica cualquiera de los contenidos o unidades didácticas incluidas en una clase de ballet, durante un máximo de veinte minutos, a propuesta del tribunal. El aspirante contará con un alumno propuesto por el centro para la realización del ejercicio. Transcurridos diez minutos del ejercicio, el tribunal podrá indicar al candidato que se retire. El Tribunal podrá pedir al candidato que realice al menos un ejercicio de danza contemporánea así como formular al aspirante preguntas referentes al planteamiento y desarrollo de una clase de danza y al temario incluido en el Anexo I de estas bases.

Se valorarán los siguientes aspectos:

— Estructuración progresiva y lógica del contenido del ejercicio y distribución del tiempo asignado.

— Bases técnicas y teóricas implicadas.

— Adecuación del método empleado.

c. Tercer ejercicio. El candidato presentará, junto con la instancia, un proyecto pedagógico referente a una de las dos materias dispuestas en esta convocatoria y relativo a un nivel o etapa educativa elegido por la persona candidata, en una Escuela Municipal de Danza. Defensa del proyecto mostrando las técnicas de trabajo y los materiales precisos para impartir las enseñanzas propias de la especialidad a la que se opta. El proyecto deberá aportar objetivos, contenidos, metodología y sistema de evaluación.

El tiempo máximo para la defensa del proyecto pedagógico será de 30 minutos. El tribunal podrá plantear todo tipo de preguntas y aclaraciones a el/la aspirante en relación con la propuesta defendida, con cualquier otro aspecto inherente al puesto de trabajo a cubrir y con el temario del Anexo I.

Se tendrá en cuenta la calidad del proyecto y la capacidad del aspirante para explicar y transmitir estos contenidos.

Los ejercicios del procedimiento de selección tendrán carácter de eliminatorios y serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtención de al menos 5 puntos en cada uno de ellos.

5.2. Fase de concurso:

En esta fase, que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes méritos, contados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Experiencia profesional:

1.a En funciones análogas al puesto de trabajo ofertado, hasta un máximo de 3 puntos: 1 punto por año.

2. Formación académica:

2.a Título Superior de Danza o equivalente: 2 puntos.

2.b Cursos superados relacionados con las disciplinas objeto de la convocatoria, impartidos por centros o entidades oficialmente reconocidas, hasta un máximo de 2 puntos: 0,1 puntos/cada 10 horas de curso.

2.c Cursos relacionados con la didáctica o pedagogía en la enseñanza de la danza, impartidos por centros o entidades oficialmente reconocidas, hasta un máximo de 2 puntos: 0,1 puntos/cada 10 horas de curso.

3. Otros méritos:

3.a Interpretación, hasta un máximo de 0,5 puntos: 0,025 puntos/interpretación.

3.b Edición o publicaciones, hasta un máximo de 0,5 puntos: 0,025 puntos/por edición o publicación.

6. Calificación definitiva y lista de aprobados

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por lo establecido en el punto 8 de las bases generales.

ANEXO I

TEMARIO

1. La Constitución española de 1978.

2. El municipio. El Término Municipal. La población.

3. Organización y funcionamiento municipal.

4. Personal al servicio de la función pública. Régimen de Incompatibilidades.

5. Enseñanza de las disciplinas de danza clásica y danza contemporánea en el contexto de una Escuela Municipal de Música y Danza: objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación y calificación y metodología.

6. Las tendencias culturales modernas en danza y su relación con la interpretación y la creación artística en el contexto mundial.

7. Capacidades físicas básicas: fuerza, resistencia, flexibilidad, velocidad y coordinación. Diseño de tareas para su desarrollo. Fundamentos básicos de la educación corporal.

8. Procesos psicológicos básicos aplicados al contexto de enseñanza-aprendizaje en el aula de danza. Aprendizaje. Motivación y emoción. Percepción. Atención y memoria.

9. El calentamiento: Fundamentos y tipos. Criterios para la elaboración de tareas de calentamiento general y específico. Problemas específicos en los alumnos y solución a esas dificultades. Lesiones más frecuentes relacionadas con el cuerpo del bailarín: primeros auxilios.

10. Principios básicos de la técnica de la Danza Clásica. Estructura de la clase y adquisición de la técnica de la Danza Clásica.

11. La enseñanza y el aprendizaje de las técnicas en giros y saltos.

12. La enseñanza y el aprendizaje de las técnicas de puntas.

13. La enseñanza y el aprendizaje de la técnica de “pas de deux”.

14. La enseñanza y el aprendizaje de las técnicas de estilo de danza contemporánea.

15. La enseñanza y el aprendizaje de las técnicas creativas de danza contemporánea.

16. Los talleres coreográficos y las funciones pedagógicas en la enseñanza de la danza.

17. Los proyectos multidisciplinares en el contexto de una escuela de música y danza.

18. Las actividades extracurriculares y complementarias en la enseñanza de la danza.

19. Preparación de alumnos para pruebas de acceso a los conservatorios de danza.

20. El uso de las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje de la danza. Recursos en Internet, video, cine y otros.

Torrelodones, a 11 de febrero de 2021.—El alcalde, Alfredo García-Plata Fernández.

(02/5.379/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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