Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
01-03-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210301-62

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 3

62
Getafe número 3. Procedimiento 495/2019

EDICTO

Doña M. Isabel Rincón Labrador, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 495/2019, instados por procurador don Jacobo García García, en nombre y representación de doña Encarnación Rodríguez Caro, contra herederos de los titulares registrales de don Miguel Albares Muñoz y doña María de la Sierra, en los que se ha dictado en fecha 21 de septiembre de 2020 es la siguiente:

«Sentencia número 63/2020

Getafe, a 21 de septiembre de 2020.—El ilustrísimo señor don Luis Carlos de Isidro y de Pablo, magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia número 3 de Getafe, habiendo visto los autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado al número 495/2019, y a instancias de doña Encarnación Rodríguez Caro, mayor de edad, vecina de Getafe (Madrid), con domicilio en la calle Valdemoro, número 18-3º 28 de Getafe, representada por el procurador don Jacobo García García, y asistida de la letrada doña Rocío Pérez Cuesta, contra herederos de los titulares registrales don Miguel Albares Muñoz y doña María de la Sierra Gómez Moyano, declarados en rebeldía en estos autos, autos seguidos sobre declaración del dominio por usucapión y reanudación de tracto sucesivo, cuya cuantía se fija en 57.915,00 euros. (...).

Fallo

Que estimando como estimo la demanda presentada por el procurador don Jacobo García García, en nombre y representación de doña Encarnación Rodríguez Caro, debo declarar y declaro que doña Encarnación Rodríguez Caro, es dueña de la finca urbana, número 56, piso segundo, número 15 de la calle Doña Romera, número 13 de Getafe, situado en planta segunda sin contar la baja del edificio. Linda, frente, con el patio central de luces abierto a la calle de Torrejón de Velasco. Derecha, piso número 9 de su misma planta del portal número 11 de la calle de Doña Romera y patio de luces. izquierda, piso número 14 de su misma planta y portal, fondo: Hueco y meseta de escalera, registral número 43918, inscrita en el folio 211, del tomo 586, libro 586 del Registro de la Propiedad número 1 de Getafe, que figura a favor de don Miguel Albares Muñoz y doña María de la Sierra Gómez Moyano, y que lo será a favor de doña Encarnación Rodríguez Caro, con imposición de las costas causadas en este juicio a los demandados declarados en rebeldía desconocidos herederos de los titulares registrales don Miguel Albares Muñoz y doña María de la Sierra Gómez Moyano.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella pueden interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, dentro del plazo de veinte días, a partir de su notificación; cúmplase lo previsto en los arts. 266 L.O.P.J.

De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009 (“Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009), para formular el correspondiente recurso de apelación contra la presente resolución, la parte recurrente deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado (2378) de la entidad Banco Banesto, la cantidad de 50 euros, en concepto de “depósito para recurrir”, debiendo acompañar el justificante de ingreso junto con el escrito de preparación o anuncio del recurso; advirtiéndose a la parte recurrente que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (número 7 de la disposición adicional decimoquinta).

Quedará exento de la constitución del depósito antes señalado, 1a parte que goce del beneficio general de justicia gratuita.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados herederos de los titulares registrales de don Miguel Albares Muñoz y doña María de la Sierra Moyano, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Getafe, a 19 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/34.980/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210301-62