Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
01-03-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210301-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

79
Madrid número 5. Procedimiento 677/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 677/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ERICK DAVID VELASCO DAVILA, D./Dña. ALVARO LOPEZ BERMEJO y D./Dña. LAUTARO CAYARGA PAOLTRONI frente a FOGASA y DNOISE AGENCIA DE COMUNICACION,S.L. sobre Modificación sustancial condiciones laborales se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA NUMERO 14/21

EN NOMBRE DEL REY

En Madrid a uno de febrero de dos mil veintiuno

VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO siendo partes en los mismos, de una como demandante D. LAURATO CAYARGA PAOLTRONI, D. ERICK DAVID VELASCO DÁVILA y D. ÁLVARO LÓPEZ BERMEJO representados por el Letrado D. Juan Rubiño Mira y de otra, como demandada DNOISE AGENCIA DE COMUNICACIÓN SL que no comparece, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL que no comparece.

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por D. LAURATO CAYARGA PAOLTRONI, D. ERICK DAVID VELASCO DÁVILA y D. ÁLVARO LÓPEZ BERMEJO contra DNOISE AGENCIA DE COMUNICACIÓN SL, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debo declarar JUSTIFICADA la medida impugnada por los trabajadores absolviendo a la empresa de sus pedimentos.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella NO CABE RECURSO.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DNOISE AGENCIA DE COMUNICACION,S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/3.901/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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