Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210302-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

125
Madrid número 12. Procedimiento 779/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 779/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALFONSO MOISES CORDOBA MORALEDA frente a DEGUSTACION DE PINTXOS COMO TERAPIA S.L. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado sentencia cuyo fallo dice:

“Que, estimando la demanda interpuesta por D. Alfonso Moisés Córdoba Moraleda frente a Degustación de Pintxos como Terapia, S. L., debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la demandada, en el plazo de cinco días a partir de la notificación de la sentencia, a readmitir al actor con el abono de los salarios de tramitación previstos en el artículo 56.1.b ET, o bien, a su elección, a indemnizarle, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.1.a ET, con la cantidad de 271,23 euros.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

EL MAGISTRADO JUEZ

D. JESUS ANDRES NEVADO NEVADO”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DEGUSTACION DE PINTXOS COMO TERAPIA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.134/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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