Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2021

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210302-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Getafe. Régimen económico. Precios públicos

El 17 de diciembre de 2020 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 307 la notificación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Getafe, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2020, sobre modificación de la norma reguladora número 5.1 de precios públicos del Área Social, de la cual se omitió el texto que a continuación se relaciona:

Se modifica el artículo 5.1.7, que quedaría así:

5.1.7. Usuarios con un porcentaje de discapacidad de 55 por 100 o más, tendrá derecho a una reducción del 50 por 100, presentando certificado de la entidad que reconoció dicha discapacidad.

En caso de que se acredite la necesidad de apoyo de tercera persona para la realización de la actividad, el acceso del acompañante será libre y gratuito. Cada centro gestor decidirá, según el tipo de actividad, si el acompañante debe formalizar inscripción o bien autorizar su acceso a la actividad sin formalizar inscripción.

Se modifica la terminología para referirse a personas con discapacidad:

— En el artículo 5.1.2, cambiar “siendo mayor de dicha edad esté afectado por alguna discapacidad” por “siendo mayor de dicha edad tenga alguna discapacidad”.

— En el artículo 5.1.6, cambiar “usuarios menores de edad o discapacitados” por “usuarios menores de edad o con discapacidad”.

— En el artículo 5.1.8, cambiar “siendo uno discapacitado” por “teniendo uno discapacidad”.

— En el artículo 6.2.1, “las personas discapacitadas que se encuentren postradas en sillas de ruedas” por “las personas con discapacidad usuarias de sillas de ruedas”.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del acuerdo, bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de esta jurisdicción, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, todo ello sin perjuicio de que los interesados pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen pertinente.

Getafe, a 13 de enero de 2021.—El secretario general del Pleno, Pedro Bocos Redondo.

(02/973/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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