Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210302-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 2

73
Madrid número 2. Procedimiento 834/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) 834/2017 entre Recreativos Montoya, S. L., y D. Abderrahman Ben Othman Yazidi y D. Karim el Yazidi Rubio, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 273/2020

En Madrid, a 11 de diciembre de 2020.—Vistos por D.a Cristina Fernández Gil, magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 2 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 834/2017, a instancia de Recreativos Montoya, S. L., representada por el procurador D. Manuel García Ortiz de Urbina y asistida por el letrado D. Sergio Muñoz Caliz contra D. Karim el Yazidi Rubio y D. Abderrahman Ben Othman Yazidi, declarados en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda promovida por Recreativos Montoya, S. L., representada por el procurador D. Manuel García Ortiz de Urbina y asistida por el letrado D. Sergio Muñoz Caliz contra D. Karim el Yazidi Rubio y D. Abderrahman Ben Othman Yazidi, declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a abonar al actor la cantidad de 23.144,65 euros, más intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial y costas causadas.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que sirva de notificación de la sentencia a D. Karim el Yazidi Rubio y D. Abderrahman Ben Othman Yazidi, expido y firmo la presente en Madrid, a 18 de enero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/5.538/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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