Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210302-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 5

91
Getafe número 5. Procedimiento 435/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el presente procedimiento ordinario número 435/2018, seguido a instancias de Santander Consumer, EFC, S. A., representado por el procurador D. José Antonio Moreno de la Peña, frente a D.a Jessica Nataly Llumitasig Almeida, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

“Sentencia número 44/2019

En Getafe, a 27 de mayo de 2019.—Vistos por el Ilmo. Sr. D. José María Celemín Porrero, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de los de Getafe, los autos de juicio ordinario, que por turno de reparto han correspondido a este Juzgado, seguidos bajo el número 435/18, a instancias de Santander Consumer EFC, S. A., representada por el procurador D. José Antonio Moreno de la Peña y dirigida por el letrado D. Francisco Muñoz Arribas, contra D.a Jessica Nataly Llumitasig Almedida, en rebeldía.

Fallo

Estimo la demanda formulada por el procurador D. José Antonio Moreno de la Peña, en nombre y representación procesal de Santander Consumer, EFC, S. A., contra D.a Jessica Nataly Llumitasig Almeida, declarada en rebeldía, y, en consecuencia, declaro que la demandada adeuda a la actora la cantidad de 11.410,99 euros, en concepto de principal, por el importe nominal vencido e impagado, vencido anticipadamente e intereses, y condeno a la demandada a que abone a la actora dicha cantidad y los intereses pactados, de las cantidades vencidas e impagadas, desde sus respectivos vencimientos, y de las cantidades anticipadamente vencidas, desde la formulación de la demanda; imponiéndole a la demandada las costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte dias, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2384-0000-04-0435-18 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Getafe, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2384-0000-04-0435-18.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado juez”.

Y, en virtud de lo acordado, para que sirva de notificación en legal forma a D.a Jessica Nataly Llumitasig Almeida, en rebeldía y paradero desconocido, firmo la presente en Getafe, a 22 de enero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/5.490/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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