Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2021

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210303-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MÓSTOLES NÚMERO 1

189
Móstoles número 1. Procedimiento 122/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 122/2019, entre Dña. ILDA ALICIA ACOSTA MIRANDA y D. DANIEL PEREZ GONZALEZ, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución de fecha 28 /01/2021 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Doña Gema Gallardo Lopez en nombre y representación de Doña ILDA ALICIA ACOSTA MIRANDA contra Don DANIEL PEREZ GONZALEZ, sobre regulación de medidas paterno filiales debo acordar y acuerdo, con carácter definitivo las siguientes medidas:

1.- La patria potestad del menor corresponderá a ambos progenitores quedando igualmente bajo la guardia y custodia de la madre.

2.- Se establece un régimen de visitas a favor del progenitor no custodio consistente en los viernes de cada semana durante dos horas, debiendo ser entregado y recogido en el domicilio materno por una tercera persona de confianza con el fin de no quebrantar la medida de alejamiento establecida mientras se encuentre vigente.

Todo ello sin perjuicio de que los progenitores pudieran llegar a un acuerdo mas beneficioso para el interés del menor.

3.- Como pensión alimenticia del menor el padre abonará 150 euros mensuales (cantidad que será ingresada en la cuenta corriente que al efecto designe la actora, a quien se le requiere para que en el plazo de tres días haga la oportuna designación. Esta pensión se actualizará anualmente conforme a la variación del IPC o índice que legalmente le sustituya.

Los gastos extraordinarios del menor serán sufragados al 50% por ambos progenitores.

Todo ello sin expresa condena en costas.

Y para que sirva de notificación a D. DANIEL PEREZ GONZALEZ expido y firmo la presente en Móstoles, a cinco de febrero de dos mil veintiuno.

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.235/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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