Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210303-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CENICIENTOS

OTROS ANUNCIOS

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Cenicientos. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se hace saber a todos los vecinos de este municipio que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta corporación municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el nombramiento de una persona para ocupar el cargo de Juez de Paz titular.

Los interesados deben reunir las condiciones de capacidad y de compatibilidad, así como los requisitos exigidos por la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (artículos 302 y 303 y 389 a 397) y por el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, lo que se formalizará con la presentación de una declaración por parte del interesado en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al puesto de Juez de Paz ofertado.

La solicitud para participar en el proceso de selección deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

– Documento Nacional de Identidad.

– Documentos acreditativos de sus méritos o de los títulos que posea.

– Certificación de antecedentes penales.

Y podrá presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Cenicientos, sito en la plaza de la Constitución, número 1, presencialmente o en la forma que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para presentar las solicitudes será de quince días hábiles contados a partir de esta publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cenicientos, a 18 de febrero de 2021.—La alcaldesa-presidenta, Natalia Núñez Jiménez.

(03/6.206/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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