Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2021

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210303-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Ciempozuelos. Régimen económico. Padrones fiscales

A los efectos de notificación colectiva y de conformidad con los artículos 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público que por resoluciones del concejal-delegado en el área de Hacienda números 421 y 427, ambas de fecha 17 de febrero de 2021, se ha dispuesto cuanto sigue:

1.o Aprobar el padrón y la lista cobratoria correspondiente a:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) ejercicio 2021, cuyo período voluntario de ingreso queda establecido entre el 24 de marzo y el 24 mayo de 2021, ambos inclusive.

— Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con el mercadillo municipal de carácter periódico semanal (primer semestre 2021), cuyo período voluntario de ingreso queda establecido entre el 24 de marzo y el 24 mayo de 2021, ambos inclusive.

Se informa que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados de ambos tributos es el 26 de abril de 2021.

2.o Exponer al público en la Tesorería y en la Recaudación Municipal, durante el plazo de quince días, la correspondiente lista cobratoria.

3.o Modalidad de cobro: exclusivamente mediante la presentación del recibo de pago a través de las entidades que tienen atribuida la condición de entidad colaboradora en la recaudación del Ayuntamiento de Ciempozuelos: Bankia, S. A.; Eurocaja Rural, S. C. C.; Banco Santander, S. A.; Unicaja Banco, S. A.

4.o Lugares, dias y horas de ingreso: en cualquier oficina de las entidades anteriormente relacionadas en días y horario de atención al público.

5.o Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos ejecutivos, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se establezcan.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio, recurso de reposición, previo al recurso contencioso-administrativo, ante el órgano que dictó el acto, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

En Ciempozuelos, a 18 de febrero de 2021.—El concejal-delegado de Hacienda, Pedro Luis Jiménez Maestre.

(01/6.223/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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