Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210303-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44

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Madrid número 44. Procedimiento 1307/2018

EDICTO

Doña María Concepción González Martínez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1307/2018, instados por el procurador don Javier Campal Crespo, en nombre y representación de Cartuchitos en San Miguel, S. L., contra don Carlos Cámara Díez, en los que se ha dictado, en fecha 4 de febrero de 2021, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador don Javier Campal Crespo, en nombre y representación de la entidad “Cartuchitos en San Miguel, S. L.”, contra don Carlos Cámara Díez, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a este último a abonar a la parte actora la cantidad de cantidad de 1.246,30 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de interposición de la demanda y al abono de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos correspondientes, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Carlos Cámara Díez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 4 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/5.567/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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