Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2021

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210304-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 79/2021, de 4 de febrero, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se cubren vacantes de la lista de solicitudes suplentes prevista en la Orden 594/2020, de 24 de noviembre, por la que se conceden ayudas en el año 2020 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.

En virtud del Decreto 281/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se atribuye a la Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte en el artículo 7.n) la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 167/2020, de 19 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, se aprueba la convocatoria para el año 2020, de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.

Por Orden 594/2020, de 24 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno se concedieron en el año 2020 ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales y se aprobó la relación de suplentes prevista en el artículo 7 de la Orden 167/2020, de 19 de marzo. Por Orden 718/2020, de 16 de diciembre, se corrigen errores materiales detectados en la Orden 594/2020, de 24 de noviembre.

En la Orden 167/2020, de 19 de marzo, se establece en el apartado 8.2 que, en el caso de no presentar la justificación o de que la ayuda sea objeto de revocación por alguna de las causas establecidas en el artículo 9 de las bases reguladoras, las vacantes que se pudieran producir serán cubiertas automáticamente por el suplente de la misma cuantía del beneficiario excluido, en el orden en que aparece en la relación de suplentes propuesta. Para ello será necesario que los suplentes hayan presentado el certificado al que se refiere el apartado 8.1.

Con posterioridad a la concesión, y dentro del plazo de justificación establecido por la Orden 167/2020, de 19 de marzo, se revocaron siete ayudas en virtud de la Orden 713/2020, de 17 de diciembre, por un importe de 17.000 euros. Las vacantes que se han producido serán cubiertas con nueve suplentes de ayudas de 1.000 euros y cuatro suplentes de ayudas de 2.000 euros, que fueron aprobados por la Orden 594/2020, de 24 de noviembre. Asimismo, advertido error en la orden 594/2020, de 24 de noviembre, de concesión de las ayudas a deportistas donde D.a Cristina Beltrán Pastor aparecía como beneficiaria y como suplente, al haber sido ya esta beneficiaria de una ayuda de 2.000 euros, no procede que pase a cubrir vacante, y en su lugar sí pasan a cubrir vacante las dos siguientes suplentes D.a Carolina Frías Pérez y D.a Sofía Fernández Benito con una ayuda de 1.000 euros cada una.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada

DISPONGO

Cubrir las vacantes que se han producido con los siguientes deportistas suplentes previstos en la Orden 594/2020, de 24 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se conceden ayudas en el año 2020 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales:

— D. Roberto Rodríguez Silveira, deportista de la modalidad de kárate (2.000 euros).

— D. Adrián de la Orden Andrino, deportista de la modalidad de atletismo (1.000 euros).

— D. Jorge Rogla Castaño, deportista de la modalidad de boxeo (2.000 euros).

— D.a Aura Vargas García, deportista de la modalidad de ciclismo (1.000 euros).

— D. David Alonso Gutiérrez, deportista de la modalidad de deportes para ciegos (2.000 euros).

— D.a Lucía Ruiz Manzano, deportista de la modalidad de deportes de invierno (1.000 euros).

— D. Luis Doral Ojembarrena, deportista de la modalidad de deportes para personas con discapacidad intelectual (2.000 euros).

— D. Lenon Mazer Barrios, deportista de la modalidad de hípica (1.000 euros).

— D.a Beatriz Abad Martín, deportista de la modalidad de judo (1.000 euros).

— D. Juan López Bernal, deportista de la modalidad de tenis de mesa (1.000 euros).

— D.a Alba Álvarez Manchado, deportista de la modalidad de triatlón (1.000 euros).

— D.a Carolina Frías Pérez, deportista de la modalidad de triatlón (1.000 euros).

— D.a Sofía Fernández Benito, deportista de la modalidad de judo (1.000 euros).

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

Madrid, a 4 de febrero de 2021.—El Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, P. D. C. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2019), el Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, Alberto Álvarez Filgueira.

(03/7.044/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.101.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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