Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210304-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

113
Madrid número 18. Ejecución 127/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 127/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SARA DIAZ TOLOBA frente a INVERSIONES EUROGO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la tasación de costas practicada por la suma 303,45 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte ejecutada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición del Letrado D JORGE FERNANDEZ LIEBANA la cantidad de 120,00 euros, en concepto de parte de costas, una vez firme la presente resolución, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la que sea titular, debiendo ser facilitada a este Juzgado, adjuntando algún documento que acredite su titularidad.

Faltando por satisfacer 183,45 euros de resto de costas, encontrándose la ejecutada, en paradero desconocido, Se acuerda el embargo de los saldos de INVERSIONES EUROGO SL, que tenga a su favor en las entidades bancarias, en cuanto sea suficiente para cubrir la cantidad debida. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INVERSIONES EUROGO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.527/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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