Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210304-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

125
Madrid número 20. Procedimiento 214/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 20 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 214/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VICTOR MARTIN CERRATO frente a HALOSCO 5 GOURMET SL sobre Clasificación profesional se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que desestimando la acción de clasificación profesional y desestimando la demanda acumulada de reclamación de cantidad formulada por D. VICTOR MARTIN CERRATO contra LA EMPRESA HALOSCO 5 GOURMET S.L. debo absolver y absuelvo a la empresa demandada de los pedimentos formulados en su contra.

Notifíquese ésta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe formular recurso ordinario alguno.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HALOSCO 5 GOURMET SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2019.

EL/LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.460/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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