Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210304-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

38
Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza ocupación dominio público terrazas

Se hace saber que por el Pleno municipal, en sesión celebrada el día 3 de febrero de 2021, se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Modificar la ordenanza municipal reguladora de la ocupación y uso del dominio público con terrazas de mesas, veladores y elementos auxiliares, aprobada por acuerdo del Pleno municipal de fecha 1 de marzo de 2017, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 112 el 12 de mayo de 2017, quedando redactado redactada la disposición transitoria única con el siguiente tenor literal:

“Como medida de fomento de la actividad, para paliar, en la medida de lo posible, el grave problema económico y social que está generando la crisis sanitaria del COVID- 19, se amplía por cuatro años más desde la fecha de su finalización el período de adaptación establecido en esta ordenanza, de forma excepcional, para aquellas instalaciones de toldos tipo pérgola que estén formados por soportes verticales (o pilarcillos) apoyados en el pavimento y por otros soportes horizontales o casi horizontales que tengan sus apoyos entre la fachada del edificio y los pilarcillos referidos anteriormente, no pudiéndose durante este período de adaptación, en ningún caso, efectuar cerramiento vertical alguno, sea del tipo que sea, plazo que termina el 12 de mayo de 2025.

Esta medida excepcional no legalizará en ningún caso aquellas instalaciones que se hayan realizado fuera de norma o legalidad, ni con anterioridad ni posteriormente a la fecha de aprobación de la ordenanza”.

Segundo.—Someter a información pública la citada modificación de ordenanza, mediante la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento de Arganda del Rey, durante el plazo de treinta días a contar desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas que se consideren interesadas, puedan presentar reclamaciones o sugerencias a la misma, si así lo consideran.

Tercero.—En aras del principio de economía procesal y eficacia administrativa, si no se presentarán reclamaciones o sugerencias al texto inicialmente aprobado se considerará definitivamente aprobada la modificación de ordenanza.

Cuarto.—Una vez aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza, que se proceda a la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como remisión a los órganos autonómico y estatal de cooperación con la Administración Local.

Lo que se expone a información pública para general conocimiento, estando el expediente de manifiesto en el Departamento de Urbanismo, en Avenida del Cañal, número 44, de manera que cuantas personas se consideren interesadas puedan alegar lo que a su derecho convenga, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Arganda del Rey, a 18 de febrero de 2021.—El concejal-delegado de modelo de Ciudad, Medio Ambiente Obras Públicas y Salud Pública, Jorge Canto López.

(03/6.465/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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