Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
08-03-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210308-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 4

145
Almería número 4. Procedimiento 351/2019

EDICTO

D/Dª MARIA JOSE SAEZ NAVARRO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE ALMERIA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 351/2019 a instancia de la parte actora D/Dª. MARIA ISABEL PERALTA MOLINERO contra SENSEPERFUM S.L. y GESTION Y SELECCION DE PERSONAL ETT S.L. sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCION de fecha 28 de septiembre del 2020 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Debo aclarar y aclaro la sentencia dictada en los presentes autos, rectificando y aclarando aclarando en el fallo que la extinción de la relación laboral acordada es a la fecha de la sentencia y que a la indemnización establecida debe añadirse la condena al pago de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de la sentencia, suprimiendo el párrafo relativo a la opción.

Notifíquese el presente auto aclaratorio de la sentencia dictada en este procedimiento a las partes, frente al cual no cabe recurso alguno, llevándose testimonio al Libro de Sentencias de este Juzgado para su unión a la citada sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado SENSEPERFUM S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA ALMERIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALMERIA, a doce de enero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/4.947/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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