Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
08-03-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210308-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2

69
Colmenar Viejo número 2. Procedimiento 780/2012

EDICTO

En el presente procedimiento 780/2012, seguido a instancias de Banque PSA Finance, sucursal en España, frente a Mohamed El Bousikhani, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Colmenar Viejo, a 10 de julio de 2015.—Vistos por mí, Sonia Agudo Torrijos, magistrada del Juzgado de primera instancia número 2 de esta localidad, los presentes autos de juicio verbal número 780/2012, promovido por Banque PSA Finance, sucursal en España, como demandante, representado por el procurador Sr. Pomares Ayala, contra D. Mohamed El Bousikhani, en reclamación de cantidad, atendiendo a los siguientes.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por Banque PSA Finance, sucursal en España, como demandante, representado por el procurador Sr. Pomares Ayala, contra D. Mohamed El Bousikhani, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de quince mil setecientos treinta y ocho euros con cuarenta y ocho céntimos (15.738,48 euros), más los intereses moratorios legales desde la interposición de la demanda; todo ello, con condena en costas para el demandado.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que deberá interponerse en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente a su notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Mohamed El Bousikhani, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Colmenar Viejo, a 28 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.824/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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