Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
08-03-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210308-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1

70
Majadahonda número 1. Procedimiento 91/2019

EDICTO

Doña Concepción Alvariño Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Majadahonda.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 91/2019, instados por procurador D. Baltasar Antonio Díaz-Guerra López, en nombre y representación de D. Vicente J. Juan Verdú y Dña. Eva Nahlin contra D. José Ignacio Galván de Porres, y Dña. María Peña Muñoz Herreruela en reclamación de 4.500 euros, en los que se ha dictado en fecha 18 de septiembre de 2020 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Eva Nahlin y D. Vicente J. Juan Verdú, representados por el procurador Sr. Díaz-Guerra López, contra Dña. María Peña Muñoz Herreruela y D. José Ignacio Galván de Porres, en situación procesal de rebeldía, condeno a la parte demandada a pagar a la parte actora de manera solidaria la suma de 4.500 euros, más el interés legal determinado en el fundamento jurídico cuarto de esta resolución, y todo ello con condena en costas de la parte demandada.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la sentencia, siendo resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

La admisión del recurso precisará que, al interponerse, se haya consignado en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado o del Tribunal la cantidad objeto de depósito, que para el recurso de apelación son 50 euros, según la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ introducida por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Así, por esta mi sentencia, lo mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, D. José Ignacio Galván de Porres y Dña. María Peña Muñoz Herreruela, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Majadahonda, a 4 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.173/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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