Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210309-204

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁDIZ NÚMERO 2

204
Cádiz número 2. Ejecución 99/2021

EDICTO

D/Dª. CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE CADIZ, doy fe y testimonio:

Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 99/2021, dimanante de autos núm. 318/2020, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de JORGE BARRENA LAGOSTENA y RAUL RELINQUE LAGOSTENA contra ALBANE TRANSPORTES INTERNACIONAL SL, habiéndose dictado resolución cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la empresa demandada ALBANE TRANSPORTES INTERNACIONALES S.L, en cantidad suficiente a cubrir la suma de:

Respecto a:

* D. JORGE BAENA LAGOSTENA:

- La cantidad 6.767,27 euros de principal.

- La cantidad de 1.082,76 euros de intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.

* D. RAUL RELINQUE RAMIREZ:

- La cantidad 6.767,27 euros de principal.

- La cantidad de 1.082,76 euros de intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.

TOTAL:

- PRINCIPAL:13.534,54 euros.

- INTERESES Y COSTAS: 2.165,52 euros, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse conforme al art. 239 de la L.R.J.S.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. ELOY HERNANDEZ LAFUENTE, MAGISTRADO del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE CADIZ. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO.-EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a ALBANE TRANSPORTES INTERNACIONAL SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en CADIZ, a diez de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/5.105/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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