Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210309-217

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VIGO NÚMERO 1

217
Vigo número 1. Procedimiento 519/2020

EDICTO

MARTA LAGOS SUAREZ-LLANOS, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de VIGO, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 519/2020 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de MARCOS VARELA PINTO contra la empresa THINKING LAB CONSULTING GROUP SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezado se adjunta:

“SENTENCIA Nº 332/2020

En la ciudad de Vigo, a tres de noviembre de dos mil veinte.

Vistos por mí, José Manuel Díaz Alvarez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Uno de Vigo, los presentes autos sobre rescisión de contrato y despido seguidos entre partes, como demandante D. Marcos Varela Pinto asistido del letrado D. Rubén Pedro Pereira Garrido y como demandada la empresa Thinking Lab Consulting Group, S.L. que no compareció a pesar de haber sido citada y con intervención del Fondo de Garantía Salarial representado por el letrado D. Sebastián Mayo Martínez, no compareciendo el Ministerio Fiscal que sí fue citado.

(Siguen antecedentes de hecho, hechos declarados probados, fundamentos de derecho y fallo).

Se hace saber a las partes que contra esta sentencia pueden interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar en este Juzgado por mera manifestación de la parte, de su Letrado o representante, de su propósito de entablarlo al hacerles la notificación de aquélla o mediante comparecencia o escrito en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución. Si la recurrente fuese la empresa demandada no se le admitirá sin la previa consignación del importe de la condena, como prescribe el artículo 230.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que deberá ingresar en la Cuenta número 3626000065 051920 del Juzgado de lo Social número uno, abierta en el Banco de Santander o mediante transferencia bancaria a la cuenta número ES.55.0049.3569.92.000500.1274, más 300 euros del depósito especial indicado en el artículo 229.1.a) de la citada Ley. Ambos ingresos deberán efectuarse por separado en la misma cuenta corriente antes indicada, pudiendo la empresa sustituir la consignación del importe de la condena por la constitución a disposición de este Juzgado de aval bancario por tiempo indefinido y con responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

EL MAGISTRADO-JUEZ”

Se hace saber, que podrán tener conocimiento íntegro de la sentencia en las dependencias de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a THINKING LAB CONSULTING GROUP SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En VIGO, a doce de febrero de dos mil veintiuno.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/5.162/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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