Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2021

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210309-50

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

OTROS ANUNCIOS

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Fuente el Saz de Jarama. Otros anuncios. Cambio nomenclatura

Por la presente, en aplicación del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015 LPACAP, se publica la parte dispositiva del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el día 22 de enero del año 2021, con la salvedad del artículo 206 del ROF:

“Punto número 2.—Cambio de nomenclatura y aprobación de numeración por regularización del tramo inicial de la calle Almendralejos. Nueva denominación: calle María Moliner.

(…)

Sometido a votación, por unanimidad de los cuatro asistentes, se acuerda:

1.o Aprobar el cambio de nomenclatura del tramo inicial de la actual calle Almendralejos, pasando a nominarse calle María Moliner (viéndose afectados los actuales números 1.A, 2.A y 2.B cuya correspondencia con la numeración que se propone se indica en el apartado 2.o. Esta calle tiene su inicio en la avenida de la Alameda y su final en la calle Alalpardo y está situada en el Distrito 1, Sección 3, quedando afectadas las manzanas 4 y 5.

2.o Aprobar la numeración de este vial denominado calle María Moliner siguiente:

— Números pares: 2 y 4.

— Números impares: 1, 3, 5 y 7.

Las fincas afectadas por este cambio de denominación y numeración y la manera en que quedarán es la siguiente:

3.o Aprobar la reasignación de los números que se indican a continuación, que hasta ahora estaban en la calle Almendralejos 1.A, 2.A y 2.B (y que quedan “vacíos”) a las siguientes fincas, como números secundarios a los que éstas tienen –como principal– por otras vías, pero que se asignan en reserva de una ulterior necesidad por ser solares susceptibles de construcción en el futuro. Se produce un cambio en la Sección y Manzana de éstos números, pasando a pertenecer a la Sec. 1, manzanas 43 y 45:

4.o Remitir certificación del presente acuerdo a la Dirección General de Catastro a efectos de que proceda a rectificar y ajustar la nomenclatura y numeraciones actuales, por las que se han señalado.

5.o Notificar el presente acuerdo a los titulares catastrales de las fincas a las que afecta el cambio de nomenclatura de la vía pública, haciéndoles saber que deben ajustarse tanto a su nueva denominación (dejando de usar el de calle Almendralejos por el de calle María Moliner), como de los números de policía asignados y que así deben ser reflejados ante cualquier Organismo público o privado en el que tenga que gestionar documentación (Dirección General de Catastro, Registro de la Propiedad, inquilinos, nuevos propietarios, compañías de gas, electricidad y similares, entidades bancarias, etc.)”.

(…)

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de contencioso-administrativo, hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello, sin perjuicio de que puede interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo que se publica a los efectos de servir de notificación a los titulares de las fincas afectadas.

En Fuente el Saz de Jarama, a 26 de enero de 2021.—La alcaldesa, María José Moñino Muñoz.

(02/4.823/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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