Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2021

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210309-78

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

78
Madrid. Sala de lo Social. Sección Segunda. Procedimiento 807/2020

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JULIA SEGOVIANO ASTABURUAGA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección n° 02 de lo Social.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 807/2020 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EFRAIN EDGARDO DIAZ RAMIREZ frente a MALEBRA SL sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número: 115/2021.

Ilmos. Sres:

D./Dña. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO.

D./Dña. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA.

D./Dña. CONCEPCIÓN MORALES VÁLLEZ.

En Madrid a diez de febrero de dos mil veintiuno habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación 807/2020, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. PAOLA RAMIREZ DIAZ en nombre y representación de D./Dña. EFRAIN EDGARDO DIAZ RAMIREZ, contra la sentencia de fecha 27 de febrero de 2020 dictada por el Juzgado de lo Social n° 28 de Madrid en sus autos número Procedimiento Ordinario 868/2019, seguidos a instancia de D./Dña. EFRAIN EDGARDO DIAZ RAMIREZ frente a MALEBRA SL, en reclamación por Reclamación de Cantidad, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. CONCEPCIÓN MORALES VÁLLEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

(...)

FALLAMOS

Procede la desestimación del recurso interpuesto por la representación procesal de D. Efraín Edgardo Diaz Ramírez y confirmar la sentencia de instancia en todos sus términos.

Y ello, sin hacer especial pronunciamiento de costas, ni en materia de depósitos y consignaciones, conforme a lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 235 y 229.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, al gozar la parte recurrente del Beneficio de Justicia Gratuita.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MALEBRA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 11 de febrero de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.061/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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