Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210310-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

34
Arroyomolinos. Régimen económico. Padrones fiscales

Don José Vicente Gil Suárez, concejal-delegado de Hacienda en el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), según decreto de delegación número 1315/2020, de 20 de mayo, hace saber que los padrones de la tasa por reserva de vía pública para acceso a garajes, locales, o viviendas, carga y descarga de pasajeros o mercancías de cualquier clase (vados) y la tasa por ocupación de la vía pública por actividades lucrativas (terrazas), ambos del ejercicio 2021 se han aprobado respectivamente mediante los decretos 662/2021, de 19 de febrero, y 674/2021, de 19 de febrero. Ambos padrones se hayan expuestos al público en el Departamento de Gestión Tributaria y Recaudación durante el plazo de diez días naturales, a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

El período de pago voluntario será el comprendido entre el 15 de marzo hasta el 19 de julio de 2021 y podrá hacerse efectivo en cualquier oficina de las entidades financieras colaboradoras que a continuación se relacionan, en horario habitual de caja: Ibercaja, Banco Sabadell, Banco Santander, Bankia, Liberbank, Unicaja, La Caixa, BBVA, Cajamar.

En el plazo de un mes, y con carácter potestativo, podrá presentarse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo en los términos previstos en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), a contar desde la finalización del período de la exposición pública.

Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En Arroyomolinos, a 22 de febrero de 2021.—El concejal-delegado de Hacienda, José Vicente Gil Suárez.

(01/7.162/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210310-34