Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210310-66

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69

66
Madrid número 69. Procedimiento 493/2014

EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 493/2014, instados por el procurador don Ignacio Martínez Zapatero, en nombre y representación de don Juan Carlos Cabrero y doña María África Sainz Mayo, contra Asemas, Mutua de Seguridad y Reaseguros a Prima Fija; Herranz y Jarque, S. L. P.; don Julio Mingo San Esteban; Asefa, S. A., Seguros y Reaseguros, y don Edmundo Hernando Morón, en los que se ha dictado sentencia en fecha 19 de febrero de 2019, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 42/2019

Magistrada-juez doña Beatriz López Frago.—Madrid, a 19 de febrero de 2019.

En Nombre de Su Majestad el Rey.

Vistos por la señora doña Beatriz López Frago, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de los de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 493/2014, tramitados en este Juzgado a instancias de don Juan Carlos Cabrero Álvarez y doña María África Sainz Mayo, representados por el procurador de los tribunales don Ignacio Martínez Zapatero, y asistidos por el letrado don Juan Rodríguez Rodríguez-Ulla, contra Asefa, S. A. de Seguros y Reaseguros, representada por la procuradora de los tribunales doña María Belén Gómez Murillo y asistida por el letrado don José Ignacio Hebrero Álvarez, y contra Herranz y Jarque, S. L. P., representada por la procuradora de los tribunales doña María del Carmen Cabezas Haya y asistida por el letrado don Alfonso Rojas Díaz, contra don Julio López Mingo San Esteban, representado por la procuradora de los tribunales doña María Luisa López Puigcerver Portillo y asistido por la letrada doña Carmen Villa Valero, contra Asemas, Mutua de Seguros y Reaseguros, representada por la procuradora doña María Jesús Pintado Oyagüe y asistida por el letrado don Jesús Sánchez Campos, y contra don Edmundo Hernando Morón, declarado en rebeldía procesal, y

Fallo

Desestimando la demanda formulada por don Juan Carlos Cabrero Álvarez y doña África Sainz Mayo, representados por el procurador señor Martínez Zapatero, contra Asefa, S. A. de Seguros y Reaseguros, representada por la procuradora señora Gómez Murillo, contra Herranz y Jarque, S. L. P., representada por la procuradora señora Cabezas Haya, contra don Julio López Mingo San Esteban, representado por la procuradora señora López Puigcerver Portillo, contra Asemas, Mutua de Seguros y Reaseguros, representada por la procuradora señora Pintado Oyagüe, y contra don Edmundo Hernando Morón, declarado en rebeldía procesal, debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos deducidos. Con expresa imposición a la actora de las costas devengadas por los demandados inicialmente Asefa y Herranz y Jarque. Y respecto a las costas generadas por Asemas, don Julio López Mingo San Esteban y don Edmundo Hernando Morón, se imponen las mismas a Herranz y Jarque, S. L. P.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, haciéndose saber a las mismas que para la interposición del mismo deberán constituir depósito por importe de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, lo cual deberán acreditar al tiempo de preparación del recurso, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite en caso contrario.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la dictó estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha; doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Edmundo Hernando Morón, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 3 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/7.101/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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