Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210310-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2

78
Leganés número 2. Procedimiento 1080/2019

EDICTO

Doña María Nieves Martin Rincón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1080/2019 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 40 de 2020

En Leganés, a 25 de marzo de 2020.—Visto en juicio oral y público, por la ilustrísima doña Mónica Sánchez Sánchez, magistrada titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés (Madrid), los presentes autos del juicio por delito leve número 1080/2019, por un presunto delito leve de estafa, y en los que han sido partes: como acusado: Juan Muñoz Serrano; como denunciante: Susana Marina Hernández; así como el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción penal pública.

Fallo

Que debo condenar y condeno a Juan Muñoz Serrano como autor de un delito leve de estafa a la pena de tres mes de multa, a razón de una cuota diaria de 8 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como a que abone a la entidad mercantil propietaria de la estación de servicio BP Polvoranca, sita en la localidad de Leganés (Madrid), en concepto de responsabilidad civil, la suma de 45 euros, y al abono de las costas procesales causadas procediéndose, una vez firme esta resolución, a su inmediata ejecución y a la correspondiente anotación de antecedentes penales.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal y a las demás partes personadas, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación de la presente.

Póngase igualmente en conocimiento de las partes que, de conformidad al Estado de Alarma decretado en el territorio español mediante RD 463/20, de 14 de marzo, el/los citado/s plazo/s procesal/es se mantendrán en suspenso comenzando su cómputo una vez quede sin efecto el referido Estado de Alarma.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora magistrada que la dictó, estando celebrando en Audiencia Pública en el día de su fecha por ante mí, el letrado/a de la Administración de Justicia.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan Muñoz Serrano, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Leganés, a 23 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.075/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210310-78