Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210312-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

208
Madrid número 38. Procedimiento 1034/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. TERESA SAMPEDRO BLANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1034/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. IONEL SFINTES frente a COSTOBO SERVICIOS INTEGRALES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

“Que estimando la demanda formulada por don IONEL SFINTES contra COSTOBO SERVICIOS INTEGRALES S.L., y con intervención del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a COSTOBO SERVICIOS INTEGRALES S.L., a abonar a don IONEL SFINTES, la cantidad de 9.894,42 € (Nueve mil ochocientos noventa y cuatro euros , con cuarenta y dos céntimos). Dicha cantidad será incrementada con el importe de 989,44 € en concepto de mora. En cuanto al FOGASA, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COSTOBO SERVICIOS INTEGRALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.627/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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