Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210312-221

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BURGOS NÚMERO 1

221
Burgos número 1. Procedimiento 677 /2019

EDICTO

D/Dª MARIA CRISTINA RODRIGUEZ CUESTA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de BURGOS.

HAGO SABER: Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000677 /2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª NATALIA REVILLA ACERO contra MARIA CELIA COSTA, GRUPO EMPRESARIAL LOPEZ COSTA SL, ELECNOR SA, FEYMA CORDOBA SLL, INSTATEL COSTA SL, TELEFONICA SA, GEST BURGOS TELECOM SL, FOGASA DIRECCION PROVINCIAL FOGASA sobre ORDINARIO, se ha dictado el día doce de febrero de dos mil veintiuno la siguiente resolución:

“ Dª. EVA CEBALLOS PÉREZ-CANALES, Magistrada- Juez del JDO. DE LO SOCIAL N. 1, tras haber visto el presente procedimiento ordinario nº 677/19 a instancia de DOÑA NATALIA REVILLA ACERO, que comparece asistida por la Letrada doña Rosa Maria Fernández González, contra GEST BURGOS TELECOM SA, INSTATEL COSTA SL, FEYMA CÓRDOBA SLL, GRUPO EMPRESARIAL LÓPEZ COSTA SL y DOÑA MARÍA CELIA COSTA, que no comparecieron pese a estar debidamente citadas, ELECNOR SA, que compareció representada y asistida por la Letrada doña Cristina Martínez Iglesias y TELEFÓNICA SA, que compareció representada y asistida por el Letrado don Daniel Pintor Alba, EN NOMBRE DEL REY, ha pronunciado la siguiente sentencia.

Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por DOÑA NATALIA REVILLA ACERO contra GEST BURGOS TELECOM SA, INSTATEL COSTA SL, FEYMA CÓRDOBA SLL, GRUPO EMPRESARIAL LÓPEZ COSTA SL y DOÑA MARÍA CELIA COSTA, ELECNOR SA y TELEFÓNICA SA debo condenar y condeno a GEST BURGOS TELECOM SA, INSTATEL COSTA SL, FEYMA CÓRDOBA SLL, GRUPO EMPRESARIAL LÓPEZ COSTA SL y DOÑA MARÍA CELIA COSTA, solidariamente, a abonar al actor la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS TRES EUROS CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (5.703,47€), siendo responsables solidarias las empresas ELECNOR SA y TELEFÓNICA SA, todo ello más el interés legal por mora correspondiente respecto de los conceptos salariales, con responsabilidad subsidiaria del FOGASA en caso de impago, dentro de los límites legales.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, abierta por este Juzgado en el Banco de Santander, oficina sita en Burgos, C/ Almirante Bonifaz, 15, incluyendo en el concepto los dígitos 1072 0000 34 067719, debiendo indicar en el campo concepto “recurso” seguido del código “34 Social Suplicación”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a FEYMA CORDOBA,SLL, INSTATEL COSTA, SL., GEST BURGOS TELECOM, SL, GRUPO EMPRESARIAL LÓPEZ COSTA,SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En BURGOS, a dieciséis de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/5.718/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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