Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210315-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

114
Madrid número 1. Procedimiento 801/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 801/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ZULMA DIANA COLMAN CHAMORRO frente a FOGASA, D. FERNANDO PINEDA MARTINEZ y FASHIONWEEK PELUQUEROS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que desestimo la demanda formulada por Dña. ZULMA DIANA COLMAN CHAMORRO contra FASHIONWEEK PELUQUEROS SL y Don FERNANDO PINEDA MARTINEZ, debo absolver y absuelvo a estos de los pedimentos de aquella.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN. En el día de hoy, la Magistrada ha leído y publicado la Sentencia anterior en audiencia pública. Doy fe

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FASHIONWEEK PELUQUEROS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate d emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de febrero de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.911/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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