Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210315-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

122
Madrid número 4. Procedimiento 643/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 643/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don John Alexander Villegas Correa, frente a Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., don José Ramos Fernández y Travel Transfers, S. L., sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo en parte la demanda interpuesta por don John Alexander Villegas Correa, contra Travel Transfer, S. L., y Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., y condeno a Travel Transfer, S. L., a hacerle pago de la cantidad de 2.376,06 euros, más el interés por mora del 10 por 100 anual, absolviendo a Gugol Nuevas Tecnologías, S. L.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria Banco Santander, sita en la calle Princesa, número 2, a) mediante ingreso número 2502 000000 número de autos con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274 en concepto 2502-0000-00, número de procedimiento con 4 dígitos y año con 2 dígitos, o presente aval solidario de entidad financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Travel Transfers, S. L., y Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 17 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.923/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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