Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2021

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210315-25

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

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ORDEN de 1 de marzo de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se modifica la Orden de 4 de febrero de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se dictan Instrucciones para la gestión de las nóminas del personal de la Comunidad de Madrid para 2021.

Con fecha 12 de febrero de 2021 se ha publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden de 4 de febrero de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se dictan Instrucciones para la gestión de las nóminas del personal de la Comunidad de Madrid para 2021.

El artículo 109.2 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Habiéndose detectado error material en la Orden indicada, a la vista de lo expuesto, el Consejero de Hacienda y Función Pública, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos, y de conformidad con las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal,

DISPONE

Único

Proceder a la corrección de la Orden de 4 de febrero de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se dictan Instrucciones para la gestión de las nóminas del personal de la Comunidad de Madrid para 2021, en los siguientes términos:

a) En el apartado 2, complemento específico, del Anexo V, regulador del componente singular del complemento específico por turnicidad para personal de Atención Hospitalaria del Grupo de Clasificación C2, en el componente singular de turnicidad en turno diurno (euros/mes): donde dice “31,08” debe decir “34,10”; y en el componente singular en turno rotatorio con noches (euros/mes): donde dice “33,24” debe decir “36,26”.

Madrid, a 1 de marzo de 2021.

El Consejero de Hacienda y Función Pública, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/8.240/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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